domingo, 11 de julio de 2021

Las escuelas de Canena (1). Periodo de finales de Siglo XVI-Siglo XVII

Hace dos años, con motivo de la confección del libro sobre la E.G.B. en Canena, coordinado por Manuel Jódar y Ana Vilches, redacté un apartado de ese libro, al que denominé las escuelas de Canena. Debido a su carácter coral, que incluye más de cincuenta colaboraciones, debimos sintetizar nuestros textos y, en mi caso, ceñirlo fundamentalmente a las escuelas de Canena de la segunda mitad del siglo XX. Pero ese encargo me animó a profundizar en la historia de nuestras escuelas, que ahora os presento. Para investigarla es fundamental, como para otros tantos aspectos de nuestra historia, la documentación que se custodia en nuestro archivo municipal. Las actas de las sesiones del ayuntamiento, tanto de los plenos como de las comisiones permanentes, y las del Consejo de Primera Enseñanza son las que más información nos ofrecen, que se puede completar con otro tipo de fuentes.


Aunque la historia de la enseñanza tiene múltiples aspectos, me centraré solo en algunos, que no agotan su estudio. Para facilitar su lectura, la presentaré en varias entregas.


Se está cumpliendo en estas fechas el centenario de las primeras gestiones que culminaron con la edificación de las que conocemos como las Escuelas Viejas, que hoy son sede del consultorio médico y la biblioteca municipal. Muchos en el pueblo creen que son una manifestación de la política llevada a cabo en el periodo de la dictadura de Primo de Rivera, que abarca desde septiembre de 1923 hasta enero de 1930. Pero no fue así, como veremos.


Hasta la construcción de estas “Escuelas Viejas” en la tercera década del siglo XX, Canena contaba desde mediados del siglo XIX con una escuela de niños y otra de niñas, en unos locales de propiedad municipal, por lo general mal acondicionados, en los que las reformas y reparaciones eran recurrentes, y que según se fue incrementando la población del pueblo se quedaron pequeñas para la cantidad de niños escolarizados.


Hasta mediados del siglo XIX solo hay una escuela para los niños, que a finales del siglo XVII se ubicó en la Ermita de los Remedios (pinchar aquí), hasta que se edificó junto a ella una casa que hizo las veces de escuela y vivienda del maestro.


Pero en esta esta primera entrega vamos a hacer referencia a las primeras noticias que tenemos sobre la enseñanza en Canena. Hay que remontarse a finales del siglo XVI y primeros años del siglo XVII, periodo en que en las actas municipales aparecen las primeras alusiones a algunos maestros que imparten su magisterio en Canena.


La primera es la del acta del 22 de julio de 1579, en que se dice:

Otrosi por cuanto en esta villa es muy conveniente que haya maestro que bece a los hijos de los vecinos leer y escribir y la doctrina cristiana, como se suele y acostumbra hacer en esta villa y otras partes, y de presente está en esta villa un maestro que se llama Juan Pérez ¿de la Aguera?, que es muy buen oficial y quiere estar de asiento para este efecto en esta villa, acordaron que se le dé de salario de las rentas del concejo seis ducados cada un año y de los bienes y rentas de la Iglesia dos ducados por cada un año que bece la doctrina a los niños de los vecinos de esta dicha villa y el dicho año corre desde el día del señor San Juan de junio próximo pasado y así lo proveyeron y firmaron.




Según el texto, podemos concluir que la enseñanza de las primeras letras que se impartía consistía en aprender a leer, escribir y los fundamentos de la doctrina cristiana, y que ya se hacía con anterioridad a este año de 1579, como se suele y acostumbra hacer en esta villa y otras partes. Aunque el acta es del 22 de julio de 1579, parece que el maestro ya está impartiendo la enseñanza desde el 24 de junio, día de San Juan. Otro detalle a reseñar es que el maestro, Juan Pérez, no es vecino del pueblo, sino que se asienta en él precisamente para impartir su magisterio al menos por un año y que el concejo acuerda darle de salario anual un total de ocho ducados, seis de las rentas del concejo y dos de las de la Iglesia, en este caso especificando que es por enseñar la doctrina cristiana.

La siguiente referencia es del 13 de enero de 1581.


Acordose que por cuanto esta villa tiene necesidad de maestro de escuela para que enseñe a los niños leer y escribir y la doctrina cristiana y los ponga en buena costumbre y porque a esta villa vino Antonio de Sepúlveda, maestro de becar leer y escribir, que se le dé al dicho Antonio de Sepúlveda de los dichos propios del concejo por un año, que comienza desde el día de Año Nuevo próximo pasado, doce ducados porque así se concertó con los señores del cabildo y que se le vayan pagando por sus tercios de cuatro en cuatro meses, sin lo que le han de dar los niños.

Solo ha pasado año y medio y el concejo acuerda con otro maestro, Antonio de Sepúlveda, la enseñanza a los niños -leer, escribir y la doctrina cristiana- por otro año, en este caso de enero a diciembre de 1581. De nuevo se trata de un maestro que viene a la villa con ese cometido. Aunque no tenemos más referencias sobre ello, parece que se trata de maestros “ambulantes”, que vienen al pueblo bien porque el concejo los llama o porque van ofreciendo sus servicios. No se nos da información sobre si el concejo les ofrece vivienda, donde también impartirían su magisterio, o ellos la alquilan. Se le abonan doce ducados, sin lo que le han de dar los niños, de lo que se deduce que los niños debían abonarle cierta cantidad, sin que se nos especifique si en todos los casos o si, como ocurrrirá en siglos posteriores, solo tenían que pagar los niños no pobres y los pobres podían asistir a la escuela con cargo a lo que pagaba el concejo.

La tercera referencia es del acta de 23 de enero de 1584 y en este cabildo dio petición de Melchor de los Reyes, diciendo que él beca los niños leer y que a los demás maestros se le ha dado salario por ello. Pidió se le dé salario del concejo y que ¿el becerá? los niños, y vista la dicha petición dijeron que no a lugar lo que pide por ahora.


Y en la siguiente sesión, de 20 de febrero del mismo año, tratose que por cuanto en esta villa ha habido necesidad de persona que bece los niños leer y la doctrina cristiana y porque Melchor de los Reyes, vecino de esta villa, los beca leer y escribir a los dichos niños desde navidad próxima pasada y para que con más ánimo los bece y atento que se le ha dado por el concejo a sus antecesores salario, acordose que por este año de ochenta y cuatro se le dé de salario al dicho Melchor de los Reyes seis ducados, los cuales se le vayan pagando como fuere sirviendo por sus tercios del dicho año, lo cual se le asignó de salario.


Este es el primer maestro que nos aparece como vecino del pueblo, Melchor de los Reyes, que es también la primera persona que hemos encontrado con el apellido Reyes, hoy tan común en nuestro pueblo. Y aunque en un principio se le deniega el salario, luego se le concede, aunque solo por seis ducados, la mitad del salario que se le dio al maestro que ejerció en 1581. Hay que pensar que posiblemente los maestros anteriores, venidos desde fuera al pueblo, tuvieran ese oficio, mientras que este vecino del pueblo, Melchor de los Reyes, ante la ausencia de un maestro, podría impartir a los niños los conocimientos que tuviera, percibiendo por ello un salario inferior. Literalmente en este caso se alude solo a enseñar a leer y la doctrina cristiana, pero no a escribir, que sería la fase más avanzada de la enseñanza en este nivel primario.

Unos años después, en la sesión del 1 de octubre 1592, dijeron que por cuanto conviene que en esta villa haya maestro de escuela para que enseñe a los muchachos la doctrina cristiana y leer y escribir y que Miguel Jiménez lo ha hecho y usado otros os y de presente lo usa y beca a los muchachos la doctrina cristiana y leer y escribir y porque ha pedido por ello se le dé y asigne algún salario por este concejo, acordaron que porque asista a becar a los dichos niños leer y escribir y la doctrina cristiana en este villa, se le dé de salario cada un año cuatro ducados, los cuales se le paguen desde hoy por los tercios del año.


Y un año después, el 29 de septiembre de 1593, dijeron que por cuanto conviene que en esta villa haya maestro de escuela para que enseñe a los muchachos la doctrina cristiana, leer y escribir y que el dicho Miguel Jiménez lo ha hecho y usado otros años y de presente lo usa y beca a los muchachos la doctrina cristiana y leer y escribir y porque ha pedido por ello se le dé y asigne algún salario, por este concejo acordaron que porque asista a becar a los dichos niños, leer y escribir y la doctrina cristiana en esta villa, se le dé de salario cada un año cuatro ducados, los cuales se les pague desde el día de San Miguel pasado por los tercios del año.

Sin embargo, un mes después, el 28 de octubre, dijeron que de presente ha venido a esta villa Pedro Collados de Acosta para enseñar y mostrar leer, escribir y contar y la doctrina cristiana a los niños de vecinos de esta villa y que les consta ser suficiente para lo suso dicho y saber y entender lo que dicho es, que es persona conveniente y que Miguel Jiménez, persona que hacía lo suso dicho, es hombre ocupado en cosas de este concejo y no puede asistir a lo suso dicho ni se muestran bien los dichos niños y que el dicho Pedro Collados ha pedido se le dé y asigne algún salario, por este concejo acordaron se le dé seis mil maravedíes de aquí al día de San Miguel venidero, con que de esta cantidad se han de descontar cuatro reales que se le han de dar al dicho Miguel Jiménez por el mes que ha servido hasta hoy, dicho día, los cuales maravedís se le den y paguen al dicho Pedro Collados de Acosta por los tiempos del año, de cuatro en cuatro meses de las rentas de este concejo para el dicho efecto de que ha de mostrar leer, escribir y contar y la doctrina cristiana a todos los niños hijos de vecinos de esta villa y ha de estar y asistir en ella a lo suso dicho, y no lo cumpliendo así, que el dicho salario no se le dé y pague y que se le notifique al dicho Miguel Jiménez como le está quitado el dicho salario.



Parece ser que con Miguel Jiménez tendriamos un caso similar al de Melchor de los Reyes, un vecino con unos mínimos conocimientos, que se encargaría de enseñar a los niños -ya se utiliza en esta ocasión enseñar en vez de becar-, al que se le abonan solo cuatro ducados de salario anual, y que es sustituido por otro maestro venido de fuera, Pedro Collados de Acosta, que es persona conveniente y parece que más cualificado, ya que en sus enseñanzas incluye también “contar”, y al que se asigna un salario anual superior, de 6000 maravedíes, equivalentes a 16 ducados. Al año siguiente, desde el día de San Miguel de 1594 hasta el mismo día de 1595, continúa como maestro Pedro Collados, al que se le renueva el 29 de septiembre de 1595, aunque solo unos días después, el 5 de octubre, y al igual que a otros oficiales, no se le pueden dar ni pagar porque no tiene este concejo propios para se los poder pagar, atento tener otros muchos gastos para el servicio ordinario y extraordinario que se paga al rey, nuestro señor, y ¿el ….? de los millones. Y asi acordaron se le notifique que el dicho Pedro Collados no use del dicho salario y que si quiere servir del dicho oficio de mostrar leer a los niños …, que la cobre de los padres de ellos y que no corra más el dicho salario por cuenta de este concejo.

En noviembre de 1599 nos encontramos que Juan de Arévalo, sacristán, vecino de esta villa ha estado en ella usando el dicho oficio tres años y ser organista en la Iglesia de esta villa y por ello y por mostrar leer y escribir y la doctrina cristiana y aderezar el reloj, por lo cual se le asignó seis mil maravedís de salario cada un año y por ser el dicho salario poco y haciendo el deber en ello y lo que es obligado con la solicitud que conviene, le acrecentaron hasta veinte ducados, con que el susodicho cumpla lo que está dicho y se le dé el de más salario que la Iglesia de esta dicha villa le ha dado y y con esto fenecieron el dicho cabildo.




Referencia breve ésta, pero enriquecedora, sobre Juan de Arévalo, sacristán, organista en la Iglesia, el que adereza el reloj -creo que la primera referencia al reloj- y muestra leer y escribir y la doctrina cristiana.


La última cita de este periodo es del 14 de junio de 1615: en este cabildo se vio una petición que dio Rodrigo Pérez, maestro, para mostrar, leer y escribir los ¿….?, pidió se le dé y señale el salario acostumbrado y visto y mirado lo por él pedido, mandaron se le dé el dicho salario y así le señalaron de salario en los propios de este concejo seis ducados y se le dé libranza para que el mayordomo del concejo como el suso dicho fuera sirviendo le vaya ayudando y dando dineros a buenca cuenta, que con ella y su carta de pago le serán recibidos y pasados en cuenta de su cargo.





Estas son todas las citas que hemos encontrado sobre los maestros en las actas del concejo del periodo 1575 a 1623. A partir de este último año faltan las actas municipales hasta el año 1677 y desde este año hasta finales del siglo XVII la única referencia que hay es de cuando la escuela estaba en la ermita, a la que ya hemos aludido, y otra en el que hablando del cura del pueblo se lo cita también como maestro.


Por tanto, podemos concluir que a finales del siglo XVI y posiblemente durante el siglo XVII, la enseñanza en nuestro pueblo es muy precaria, limitada a las primeras letras, a enseñar a leer, escribir y doctrina cristiana y a contar mínimamente, impartida solo a los niños, nunca a las niñas. Para nada es una enseñanza reglada y permanente, de manera que la mayoría de la población es analfabeta. La imparten maestros “ambulantes”, que permanecen en el pueblo uno o varios años, a los que el concejo les paga el salario anual de sus rentas y propios y también de las rentas de la Iglesia. Cuando no viene maestro al pueblo o cuando se le deja de pagar -como en el caso del otoño de 1595-, la enseñanza se imparte por el cura, el sacristán o alguno de los vecinos más “ilustrados”, a los que se le paga un salario inferior al que se le abona a los maestros venidos de fuera. No existe un espacio físico, un edificio, cuyo uso específico sea el de escuela, por lo que suponemos que la escuela se daría en la propia casa del maestro. La única referencia al espacio físico donde se imparte la enseñanza es del año 1696, cuando era la ermita la que hacía de escuela.


Por último, hay varias referencias al inicio y fin de lo que hoy llamamos curso escolar. La primera, de 1579, nos dice que al maestro se le contrata desde el día de San Juan; las dos siguientes, de 1581 y 1584, por el año natural, de 1 de enero a 31 de diciembre, y las siguientes, coincidiendo con el año agrícola, desde el día de San Miguel, 29 de septiembre, el mismo día en que se renovaban los miembros del concejo y se nombraban otros oficiales municipales. 

 

Texto de José Luis Reyes Lorite 

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