El
título de este artículo responde a la intención de contar en él el que debió de
ser el acontecimiento social más señalado de ese año en Canena, una boda, pero
enmarcándola en la vida de nuestro pueblo en esas fechas, hace ya cien años. Se
trata de la boda que tuvo lugar el 20 de abril de 1917 entre Juan Reyes Godoy y
Ramona Godoy García, de veinticinco y veinticuatro años, respectivamente.
El
artículo lo publicaré en dos partes. La primera se organiza en cuatro
apartados: la boda, la familia de la novia, la familia del novio y el
matrimonio y su familia. En la segunda hablaré de cómo era Canena en esos
primeros años del siglo XX.
1. LA BODA.
La
primera referencia que tuve de esta boda fue en un artículo sobre La visión
de Linares en la prensa conocida de Baeza (1855-1935)[1],
en el que se insertaba la noticia. Puesto en contacto con Ramón Soler Belda, el
autor del artículo, me facilitó la publicación completa, el n.º 15 del
Semanario Baeza, Semanario Independiente, de cuatro páginas, publicado
el 25 de abril de 1917, en cuya página tres aparecía la noticia de la boda, que
reproduzco:
Desde Canena
UNA
BODA
En
la suntuosa morada de don Tomás Godoy Arza se celebró en la noche del pasado
viernes el enlace de su encantadora hija Ramona con el joven médico D. Juan
Reyes Godoy, hijo de nuestros distinguidos amigos D. Manuel Reyes y Reyes y D.ª
Dolores Godoy García. Bendijo la unión el Sr. Cura-Párroco de esta villa D.
Andrés Fernández. Fueron padrinos los padres del contrayente. Y actuaron como
testigos D. Manuel Godoy, Don Francisco Godoy Martínez, D. Rufino Reyes y D.
Juan Antonio Godoy. La novia vestía rico traje de seda y velo, adornados con el
simbólico azahar, y el novio de levita. Terminada la ceremonia, los concurrentes,
que eran muy numerosos, fueron obsequiados por los señores de Godoy con un
espléndido lunch. La nueva pareja, que ha recibido multitud de valiosos
regalos, salió el sábado en el rápido para Madrid, donde pasará la luna de
miel, que les deseamos sea eterna.
El
Corresponsal
Posiblemente
la noticia de la boda apareciera también en otros periódicos comarcales y
provinciales, que no he podido consultar, y una breve reseña se publicó al
menos en un diario madrileño, La Acción, en la página 2 de su número
430, del tres de mayo de 1917.
Bodas
y natalicios
EN PROVINCIAS
-
En Canena (Jaén) ha contraído matrimonio la bella señorita Ramona Godoy con el
joven e ilustrado médico Don Juan Reyes Godoy.
La
ceremonia tuvo lugar en el domicilio de la contrayente, previa dispensa de
lugar sagrado, según se recoge en el acta matrimonial de la Parroquia[2],
a las seis de la tarde del viernes, 20 de abril de 1917:
En
la villa de Canena, provincia y obispado de Jaén, a veinte de Abril de mil
novecientos diez y siete, yo Don Andrés Fernández Fernández, cura propio de
esta Iglesia de la Purísíma, de presente que hacen verdadero y legítimo
matrimonio a Don Juan Reyes Godoy, soltero, de esta naturaleza y vecindad, de
veinticinco años e hijo legítimo de Don Manuel y D.ª Dolores, con D.ª Ramona
Godoy García, también soltera y de esta villa, de veinticuatro años de edad e
hija legítima de Don Tomás y de D.ª Ramona. Confesaron y comulgaron,
precedieron las amonestaciones conciliares, la dispensa de los impedimentos de
consanguinidad en tercer grado por una parte, tercer con cuarto por otra, y
cuarto doble, según Auto del Muy Ilmo. Sr. Provisor de esta diócesis, dado en
Jaén en veintisiete de Marzo último, y los demás requisitos necesarios para la
legitimidad y validez de este sacramental contrato. Asistieron al acto que tuvo
lugar en el domicilio de la contrayente, previa la oportuna dispensa de lugar
sagrado, el Sr. Juez Municipal de esta villa y los testigos Juan J. Fernández
Arévalo y Antonio García García, mayores de edad y dependientes de esa Iglesia,
de que certifico.
Inscripción del matrimonio en el Libro de
Desposorios de la Parroquia de la Purísima Concepción de Nuestra Señora de
Canena. Archivo Parroquial de Canena
En
el Archivo Municipal de Canena se encuentra también el acta de Inscripción del
Matrimonio Canónico en el Registro Civil y la citación al Juez Municipal, D.
Manuel Niceto Reyes Godoy, donde se nos da la información de la hora de la
ceremonia, las dieciocho horas.
La
boda tuvo que ser un verdadero acontecimiento social en nuestro pequeño pueblo,
como se desprende de la reseña dada por el corresponsal del semanario Baeza,
ya que los contrayentes formaban parte de dos de las familias más influyentes
del pueblo, que tenían parentesco entre ellas, como se expresa en la dispensa
de los impedimentos de consanguinidad recogida en el acta matrimonial.
Los novios, Juan y Ramona. Fotografía cedida por su nieta, María del Carmen Reyes Ortega |
2. LA FAMILIA DE LA NOVIA.
La
novia pertenecía a la familia más acaudalada del pueblo. Era hija de Tomás
Godoy Arza y Ramona García López; ésta se había casado en primeras nupcias con
Silverio de la Presilla, con el que tuvo una hija, Mercedes Presilla García, y
tras enviudar (cuando tenía 23 o 24 años) se casó con Tomás Godoy Arza. La hija
de su primer matrimonio, Mercedes, murió joven; su primer marido, Silverio, era
uno de los mayores contribuyentes de Canena y fue Alcalde desde enero de 1875 a
marzo de 1877, continuando como concejal hasta febrero de 1879, fecha en la que
pasó a ocupar el cargo de Juez Municipal; su muerte fue prematura y
posiblemente se produjera antes de la llegada a la alcaldía de Tomás Godoy
Arza, en 1881, aunque no tengo constancia exacta de cuándo ocurrió. Todos los
bienes de Silverio de la Presilla pasaron a su mujer, y con ello, a su segundo
marido, Tomás Godoy Arza, que se convirtió en el mayor contribuyente -mayor
propietario- de Canena al casarse con
Ramona García (habían nacido él en 1855 y ella en 1857), posiblemente en 1881.
Desde ese año hasta 1915 (que es el último año que he consultado las actas de
las sesiones del Ayuntamiento), fue el mayor contribuyente del término municipal,
duplicando su cuota de contribución territorial a la del segundo propietario.
Pero no solo era el mayor contribuyente, sino que fue miembro del Ayuntamiento
durante varios años; desde el 1 de julio
de 1881 hasta el 1 de julio de 1883 es Alcalde, fecha en la que sigue como
concejal hasta 1 de julio de 1885. De nuevo es elegido concejal a finales de
1889, siendo nombrado como primer
teniente de Alcalde el 1 de enero de 1890, cargo que ejerce hasta el 1 de Julio
de 1891; desde esta fecha pasa a ser regidor cuarto, hasta su cese el 1 de enero de 1895, formando parte además de
dos de las cuatro comisiones en que se organiza
la Junta Municipal (la de presupuestos y cuentas y la de instrucción
pública, beneficencia, corrección, pósitos, obras públicas y policía urbana y
rural; las otras dos eran la de amillaramientos y repartos de todas clases y la
de abastos e inspección de carnes). Así mismo, desde 19 de enero de 1890 hasta
6 de julio de 1894 es Depositario de los Fondos Municipales. De nuevo, en julio
de 1901, por nombramiento del Gobernador
Civil, vuelve al Ayuntamiento, como concejal interino, siendo elegido Alcalde,
cargo que ocupa hasta la elección de los nuevos concejales, cesando el 1 de
enero de 1902.
Tomás
Godoy Arza murió el 5 de enero de 1920 y su mujer, Ramona García López, el 29 de marzo de 1929.
Placa de la tumba donde se encuentran enterrados Tomás y Ramona, junto con algunos de sus hijos y otros familiares en el cementerio de Canena |
Aparte
de las actuaciones que como Alcalde y concejal realizara, su herencia para
Canena es hoy más evidente por las consecuencias que su actuación y la del
Ayuntamiento en terrenos de su propiedad, tuvieron en la configuración
urbanística de Canena. Tomás Godoy Arza era el propietario de una amplia franja
de terreno colindante con el casco urbano, desde la entonces calle de la
Carrera (hoy Vizconde de Begíjar) por el norte, la Travesía de la calle Baja (según denominación
del plano de 1894, hoy último tramo bajo de la calle Chorrillo) por el este,
hasta el royo por el sur,
lindando por el oeste con el camino de Ibros (hoy calle Estación). Esos terrenos eran rústicos y
progresivamente, a lo largo de las
últimas décadas del siglo XIX y primeras del siglo XX, se fueron
incorporando casi en su totalidad al casco urbano. Parte de ellos hoy forman la
manzana delimitada por la Calle Manuel Reyes, al sur; calle Chorrillo, al este;
calle Vizconde de Begíjar, al norte; y calle Miguel de Cervantes, al oeste. Su
parcela más extensa es propiedad municipal, en cuyo centro se ubica la Casa
Consistorial. Tomás Godoy Arza levantó un muro que rodeaba la parcela con el
objeto de crear un recinto cerrado, con la casa en el centro, para que sus
hijas no tuvieran relación con el mundo exterior, con el resto de los
caneneros, y desde entonces a esta casa se le ha llamado en Canena la “Casa de
las Niñas”.
Casa de las Niñas, actualmente Casa Consistorial. Fotografía tomada de la galería de imágenes de la web del Ayuntamiento de Canena |
Tanto
la casa como la cerca fueron edificadas por Tomás Godoy Arza, posiblemente a
finales del siglo XIX, cuando todavía no estaba hecha la prolongación de la
Calle Baja hacia el oeste, por lo que el acceso al recinto lo tenía por la
calle Carrera.
De
acuerdo con el plano del casco urbano de 1894, en este año no existían ni la
calle Nueva (hoy Miguel de Cervantes) ni la prolongación de la calle Baja, hoy
calle Manuel Reyes.
Plano de Canena. 1894. Escala 1:2000. Instituto Geográfico y Estadístico |
Es
en 1897 cuando el Ayuntamiento se
plantea la necesidad de la prolongación de la Calle Baja de esta villa por
la parte poniente. En su sesión de 12 de septiembre de dicho año el Sr. Alcalde –Manuel Serrano Godoy- hizo uso de la palabra demostrando con
facilidad y en términos irrefutables lo conveniente que resultaría a este
vecindario la prolongación de la Calle Baja de esta villa por la parte
poniente, pues hoy se hace imposible el tránsito por dicho punto; más como para
conseguir esta mejora en el ornato público es indispensable la expropiación del
terreno que hay que ocupar, como obra de utilidad pública, o la cesión del
mismo al Municipio por parte del dueño mediante el pago de la cantidad en que
se aprecie, proponía que se tomara en consideración lo expuesto. El cuerpo
municipal por unanimidad y después de hacer constar lo altamente beneficioso y
cómodo que resultaría a los intereses de sus administrados la prolongación de
la calle Baja, a más de embellecer la población y mejorar el ornato público,
acordó acceder a lo expuesto por la presidencia y que siendo el propietario del
terreno que ha de ocuparse el vecino de esta villa Don Tomás Godoy Arza, que el
Sr. Alcalde notifique este acuerdo, ordenando al maestro de obras pase a
apreciar la faja de terreno necesaria para la prolongación acordada y que se
guarden las prescripciones de la ley en cuanto se refieran al ornato público.
En
la sesión siguiente, de 19 de septiembre, se dio cuenta del expediente
instruido por la Alcaldía para la adquisición del terreno de la propiedad de
Don Tomás Godoy Arza, de esta vecindad, que es necesario ocupar en la
prolongación de la Calle Baja de esta población, acordada por el Ayuntamiento
en sesión ordinaria del día doce del mes actual, y leído por mí el Secretario,
después de quedar enterados los Sres. Concejales de la tramitación que ha
seguido referido expediente, y que el dueño del terreno cede los quinientos
nueve metros que el Maestro de obras ha medido como bastantes para la obra,
acordado mediante el pago al mismo de las seiscientas noventa y ocho pesetas
setenta y cinco céntimos en que ha sido tasada, la Municipalidad acordó:
aprobar el expediente en todos sus partes y siendo indispensable e imperiosa
necesidad llevar a la práctica lo acordado por el Ayuntamiento, que se utilice
desde hoy la nueva vía en la Calle Baja, y como en el presupuesto ordinario
actual no figura consignación para satisfacer la suma a que asciende el predio
adquirido, que se tenga en cuenta esta circunstancia en la época de formación
del venidero y se haga la debida consignación de las seiscientas noventa y ocho
pesetas setenta y cinco céntimos, comunicándose a Don Tomás Godoy Arza este
acuerdo para su conocimiento y por si tiene a bien conceder a esta Corporación
Municipal el plazo necesario para la consignación acordada, medio legal para
ordenarse el correspondiente pago.
Más
de una década después, en 1908, se plantea la necesidad de abrir una nueva
calle entre la calle Bahondillo y la calle Baja. En la sesión de 23 de febrero
de 1908, el Sr. Presidente declaró abierta la sesión y acto seguido
manifestó a la corporación la necesidad urgente de adquirir este Ayuntamiento
los terrenos que median desde la calle de Bahondillo a la calle Baja en línea
recta con el objeto de formar una nueva vía que tan necesaria es para la
localidad. La corporación después de discutir brevemente y convencida de la
utilidad de la proposición, acuerda por unanimidad se haga la gestión necesaria
con los dueños de los terrenos D. Tomás Godoy Arza y D. Álvaro Lorite López[3] para
que, medido y apreciado por los peritos, se convengan las condiciones de la
expropiación.
El
25 de agosto del mismo año, abierta la sesión por el Sr. Presidente se dio
cuenta a la corporación de la certificación que el maestro de obras Juan María
Cobo García[4] y el
perito práctico de este Ayuntamiento Bartolomé Lorite Jódar presentan al
Ayuntamiento, en la que cumpliendo el encargo dado por esta Alcaldía, en virtud
de acuerdo del mismo de fecha 23 de Febrero último, han medido y apreciado los
terrenos que median desde la calle Bahondillo a la calle Baja en línea recta,
con el fin indicado en el citado acuerdo, habiendo resultado una extensión
superficial de mil metros cuadrados que al precio de una peseta metro, importa
la suma de mil pesetas. De los indicados terrenos corresponden a D. Tomás Godoy
Arza una extensión de 594 metros cuadrados y a Álvaro Lorite López la de 406
metros.
La
corporación, teniendo a la vista la certificación expresada y de acuerdo con el
contenido de la misma, acuerda se proponga a los Sres. citados, dueños de los
terrenos apreciados, el pago de los mismos en cuatro anualidades, empezando por
la de 1909, toda vez que del presupuesto actual no se puede hacer uso de
cantidad alguna al indicado fin y, de prestar su conformidad a esta
proposición, se consigne en el presupuesto de gastos para el año venidero la
cantidad correspondiente para atender a esta obligación.
Dos
años después, posiblemente en relación con la construcción del camino vecinal
que se iba a realizar desde Canena al Salto de los Escuderos, el 25 de
septiembre de 1910, abierta la sesión, por el Sr. Presidente si hizo
presente a los reunidos la necesidad que tiene el Municipio de adquirir un
pedazo de terreno desde la calle Baja en su límite hasta la calle Bahondillo,
con una anchura de ocho metros para formar una nueva calle. Los señores
presentes después de breve discusión sobre el asunto acordaron por unanimidad
declarar de utilidad pública la adquisición de dicho terreno y autorizar al Sr.
Alcalde para que gestione mediante los trámites legales la referida
adquisición, dando cuenta al Ayuntamiento en su día del resultado que obtenga.
Tomás
Godoy Arza tuvo cinco hijas y un hijo. Por orden de edad fueron: Paula,
Eusebia, Manuel, Aurora, Ramona y Consuelo[5].
Las tres hijas mayores, Paula, Eusebia y Aurora, no se casaron y solo lo
hicieron las dos menores, Ramona y Consuelo, y su hermano Manuel: Consuelo y
Manuel con sendos hermanos, Juan Francisco y Francisca, primos suyos, naturales
de Villargordo, y Ramona, con el hijo del médico que las visitaba. Ello nos da
idea de las normas estrictas con que Tomás Godoy Arza educó a sus hijas y
suponemos que la enseñanza la recibirían también dentro de la casa.
Familia de Tomás Godoy Arza y Ramona García López, con sus hijos. Fotografía cedida por María del Carmen Reyes Ortega |
En
la parte norte de la parcela, separado de la parte residencial por otra cerca,
instalaron un molino de aceite, Santa Bárbara, en el que Manuel sufrió un fatal
accidente el 5 de diciembre de 1926[6],
que le costó la vida (era en esos momentos el Alcalde de Canena). El periódico
madrileño La Libertad, uno de los de mayor tirada a nivel nacional, se hizo eco
de la noticia, por crónica de su corresponsal en Úbeda, que apareció en su
diario del martes, 7 de diciembre: Comunican del vecino pueblo de Canena que
el alcalde, Manuel Godoy García, de cuarenta y dos años, al intentar poner en
marcha un motor en una fábrica de aceite se resbaló, siendo cogido por el
volante y resultando con la cabeza destrozada. Murió en el acto. El Juzgado de
Úbeda se personó en el lugar del accidente.
La
noticia también tuvo eco en otros dos periódicos madrileños, El Liberal y
La Voz; el primero publicaba el día 8 de diciembre:
SUCESOS
DE PROVINCIAS
En
una fábrica de aceites resulta un hombre con la cabeza destrozada por un
volante
Úbeda
7.- Dicen del vecino pueblo de Canena que el alcalde, Manuel Godoy García, de
cuarente y dos años, al intentar poner en marcha un motor en una fábrica de
aceite resbaló y fue cogido por el volante, resultando con la cabeza
destrozada. Murió en el acto. El Juzgado de Úbeda se personó en el lugar del accidente.
La
Voz publicó eso mismo día la noticia en estos términos:
MUERTO
AL SER ALCANZADO POR UNA CORREA DE TRANSMISIÓN
JAÉN
8 (9,50M.).- En el pueblo de Canena, al intentar poner en marcha un motor de
gas pobre en una fábrica de su propiedad, fue alcanzado por una correa Manuel
Godoy García, y resultó muerto.
Manuel
tuvo tres hijos: Ramona, Josefa y Tomás; los hijos de Tomás siguen hoy siendo
los propietarios de la parcela donde estaba el molino, que estuvo funcionando
hasta los años 60 del siglo XX. Josefa se casó y murió sin hijos, dejando
ordenado en su testamento que sus fincas fueran repartidas entre las personas
más pobres de Canena, lo que tuvo efecto en 2001, a la muerte de su marido,
noticia que tuvo amplio eco en los medios de comunicación[7].
Ramona, heredera de sus tres tías solteras, cedió la parcela de la casa a la
Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Granada, según escritura de 25 de octubre
de 1975, con la condición de que habilitara una Residencia de Mayores; en 2006,
ante el incumplimiento de las condiciones por parte de la Caja de Ahorros, se
anula la cesión a la Caja, formalizándose la cesión de uso por 75 años al
Ayuntamiento de Canena, según escritura de 12 de julio de 2006, consumándose el
traslado de la Casa consistorial en junio de 2008[8].
Consuelo,
casada con su primo Juan Francisco, tuvo un hijo, Juan Francisco, que pronto
quedó huérfano.
La
primitiva finca de Tomás Godoy Arza se ha transformado sustancialmente desde
finales del siglo XIX. Primeramente él edifica la casa y la cerca; después el
Ayuntamiento prolonga la calle Baja (hoy Manuel Reyes) hacia el oeste y hace la
calle Nueva (hoy Miguel de Cervantes); se construyen las Escuelas Viejas
en la década de los años 20 del siglo pasado, y las Escuelas Nuevas en
torno a 1960; se prolonga hacia el oeste la calle Baja con la calle Yanguas
Mesías, en cuyo inicio se edifica en un lado la casa de nuestros protagonistas,
Juan y Ramona, y la de su sobrina Josefa -ésta hacia 1945, parece que sobre
otra anterior más pequeña- en el otro. Cristóbal Torres Ayllón adquirió en
torno a 1912 una pequeña casa (la que luego fue, ya reformada, casa de Don Juan
Raya) y un solar, donde instala, aparte de la casa familiar, una fábrica de
harinas, una fábrica de hielo y un negocio de transporte de camiones y donde
hoy se encuentra la sede de Electra La Loma, que regenta uno de sus biznietos.
Por último, la parte sur y suroeste de la parcela, desde la calle Baja hasta el
royo pasó a propiedad del nieto de Tomás Godoy Arza, hijo de su hija
Consuelo, Juan Francisco Moreno Godoy, que edificó allí su vivienda,
destinándose el resto de la parcela a explotación agrícola.
3. LA FAMILIA DEL NOVIO
El
novio era un joven médico, hijo del que había sido médico titular de Canena
desde 1883, D. Manuel Reyes Reyes, y de Dolores Godoy García. Juan Ramón
(conocido solo por Juan) Reyes Godoy, obtuvo el título de Medicina y Cirugía
por la Universidad Central de Madrid (la hoy Universidad Complutense) en 1915[9].
Copia del título de Licenciado en Medicina y Cirugía a favor de D.
Juan Ramón Reyes Godoy
Había
sido nombrado médico de Canena con carácter interino el 31 de marzo de 1917,
unos días antes de su boda, al renunciar a dicha plaza, por razones de salud,
su padre, a la edad de 63 años; entre ambos, han cuidado de la salud de los
caneneros durante más de 70 años (Manuel Reyes, desde 1883 hasta el 31 de marzo
de 1917 y Juan Reyes, su hijo, desde el 1 de abril de 1917 hasta 1955, en que se
trasladó a Linares) y en reconocimiento de su labor hoy dos calles de nuestro
pueblo llevan su nombre, Juan Reyes y Manuel Reyes.
Su
padre, D. Manuel Reyes Reyes, fue el médico de Canena durante los treinta y
cuatro años que ejerció su profesión, desde 1883 a 1917. Había nacido en Canena
el 13 de noviembre de 1853[10] y
obtuvo el título de Medicina y Cirugía por la Universidad Central de Madrid en
1881[11],
con veintisiete años. Se casó con Dolores Godoy García, nacida el 17 de junio
de 1864. Murió en 1929.
Manuel Reyes Reyes y Dolores Godoy. Fotografía cedida por María del Carmen Reyes Ortega |
Tuvieron
dos hijos y dos hijas: Juan, nacido el
25 de noviembre de 1891, Rufino, Pilar y Antonia. Rufino ejerció de
farmacéutico en Rus, donde llegó a ser alcalde[12].
Para
hacernos una idea de cuáles eras las condiciones sanitarias de la época, hay
que tener en cuenta que durante el siglo XIX y todavía en las primeras décadas
del siglo XX las epidemias eran frecuentes, la mortalidad alta y la esperanza
de vida no alcanzaba los cuarenta años, cuando actualmente supera los ochenta.
La asistencia sanitaria en la segunda mitad del siglo XIX se regía por la Ley
General de Sanidad, de 1855, con el antecedente del Real Decreto de 1847 y sus
Reglamentos de desarrollo. Esta Ley General de Sanidad se desarrolló a su vez
por los Reales Decretos, de 1868, 1873 y 1891. En enero de 1904 se publica la
Instrucción General de Sanidad Pública, que vino a reformar el estado anterior,
introduciendo algunas mejoras.
Desde la mitad del siglo XIX hasta 1883 son cinco
los médicos que ejercen el cargo en Canena, todos forasteros, residentes en
Rus, Lupión y Úbeda. Aunque la Ley de Sanidad de 1855 obligaba a los Ayuntamientos
a costear solo la asistencia sanitaria a las familias pobres, en Canena las
2.500 pesetas con que se retribuye al médico incluyen la asistencia sanitaria a
toda la población y no es hasta 1881 cuando se regulariza la situación, dos
años antes de tomar posesión D. Manuel Reyes Reyes. La nueva corporación que
toma posesión el 1 de julio de dicho año, presidida por Tomás Godoy Arza, enterada de que el único médico
cirujano costeado de su fondo, Don Miguel López Montes, tiene hecho un contrato
bilateral con el Ayuntamiento y Asociados en Junta Municipal, a partido cerrado
con el sueldo anual de dos mil quinientas pesetas anuales, libre de descuento,
y considerando que por el Reglamento de 23 de octubre de 1873 se encuentran
fuera de la legalidad dichos contratos pues el Municipio no tiene otra
obligación que la de asegurar médico para la asistencia de las familias pobres
que se clasifiquen, acordaron no tenga fuerza ni valor dicho contrato desde
este día, fundándose además en una razón de economía que harto exige el estado
lamentable y angustioso de nuestra hacienda, y que al efecto se anuncie vacante
la plaza por quince días en el Boletín Oficial de la Provincia, con la
obligación de asistir a las familias pobres que se designen en la primera
sesión y sueldo anual de novecientas noventa y ocho pesetas al año, quedando
interinamente nombrado con este sueldo y para el servicio prescrito, al que se
le comunicará esta resolución, como igualmente a la Comisión de Presupuestos
que tendrá en su día presente este acuerdo.
Este
acuerdo, por tanto, vino a regularizar la situación contractual del médico de
Canena, ya que se había pasado de que el sueldo lo costearan en su totalidad
los vecinos no pobres en la década de 1850 hasta la situación en que era
costeado solo por el Ayuntamiento, cuando, como se indica en el acuerdo, el
municipio solo tenía la obligación de costear la asistencia médica a las
familias pobres. Con ello, el gasto municipal por este concepto se redujo de
2.500 pesetas a 998.
Es
con este sueldo de 998 pesetas con el que se le remunera a D. Manuel Reyes
Reyes en su primer contrato, en 1883, con independencia de las igualas que
suscribiera con los demás vecinos no pobres del pueblo. Es el primer médico de
Canena nacido en ella y, junto con su hijo Juan, los dos únicos caneneros que
lo han sido como titulares. Aparte de la atención diaria a los enfermos, en el
Archivo Municipal hemos encontrado referencias de su trabajo y de la situación
sanitaria de Canena en ese periodo. En noviembre de 1884 emite un dictamen,
junto con otros dos vecinos, sobre la situación sanitaria, a raíz de la
aparición de una epidemia de cólera morbo asiática en París. En la sesión de la junta municipal de 16 de
noviembre de 1884 se hace presente, por una comunicación del Gobernador Civil, que desgraciadamente es un hecho oficial la
aparición del cólera morbo asiático en la capital de la vecina República y con
él la alarma y los temores que son consiguientes en nuestro país, que tan
ligado está por tan múltiples relaciones con aquella; y con el fin de cumplir
lo que en la misma se consigna se hace
preciso reunir al Ayuntamiento y Junta de Sanidad local en sesión
extraordinaria para ocuparse detenidamente de un hecho tan grave. Y al efecto
procede con anterioridad elegir una comisión de personas de ciencia y de buen
criterio para que emitan dictamen tanto sobre las condiciones higiénicas de
nuestro pueblo, como de lo que consideren necesario en evitación, caso de que
se presentara en cualquier pueblo de nuestro país el terrible huésped. Asimismo
cree prudente y como medida de previsión que no contando este pueblo con
recursos de ninguna especial para hacer frente a la calamidad en el caso de su
aparición abrir una suscripción en este vecindario, estimulando la abnegación
de él y las cuotas que ofrezca queden anotadas en su poder por si diera el caso
de que no se necesitaran, no le sirva de gravamen, supliendo por este medio la
formación del presupuesto extraordinario que previene la Ley Municipal.
Asimismo y como medida preventiva propone que si llegara el caso extremo que se
cita y no existiendo en este pueblo local alguno que sirva de lazareto ni otro
alguno para hospital local, es de
parecer que se eche mano de las dos casas baños situadas a extramuros de esta
villa y en buenas condiciones higiénicas, que aunque de propiedad particular,
se encuentran sin habitar. El Ayuntamiento, enterado y conforme con lo expuesto
por el Sr. Alcalde, acordaron por unanimidad: 1.º. Nombrar a D. Manuel Reyes
Reyes, Médico-cirujano titular; a Don Francisco Godoy Godoy y a D. Cipriano
Godoy Lorite para que en comisión emitan dictamen. Que el Ayuntamiento,
asociado de las personas que considere oportuno, exploren la voluntad del
vecindario y abran la suscripción indicada, y que con respecto a los locales señalados
para lazareto y hospital, que se ponga en conocimiento del propietario de tales
edificios, para si llegara el caso que esté dispuesto a sustituir con sus
edificios cerrados la carencia de otros que no tiene la población.
Dos
días después, en sesión extraordinaria de 18 de noviembre, el Sr. Presidente, repitiendo el objeto de la convocatoria, que no es
otro que el de cumplir lo dispuesto por la circular del Sr. Gobernador civil de
esta provincia, del doce de los corrientes, que leyó, y bien enterados de su
contenido, después de una razonada discusión, unánimemente acordaron: Que en
vista de la aparición del cólera morbo asiático en la capital de la vecina
República Francesa, con quien nuestro país está ligado en sus múltiples
relaciones, las que son una amenaza por la salud del nuestro, procedía
continuar la campaña emprendida y no abandonada, sosteniendo el más exquisito
cuidado en la higiene de esta localidad; y aunque aislados por la falta de
comunicaciones y no siendo este punto de tránsito para persona alguna, vivir
muy alerta, por si dado el caso desgraciado de la aparición en cualquier punto
de España e impedir a todo trance el contacto, ya que en tan buenas condiciones
nos tiene colocados nuestro aislamiento natural y las buenas condiciones de salud
que siempre se disfruta hasta el punto de ver aumentada nuestra población en
más de un cincuenta por ciento en el año corriente; y como quiera que estos
requisitos de bondad no nos deben hacer que abandonemos nuestra marcha
emprendida, teniendo a la vista el dictamen emitido y suscrito por el profesor
de Medicina y Cirugía titular, y de los vecinos de la misma D. Francisco Godoy
Godoy y Don Cipriano Godoy Lorite, que
dicen que tanto en épocas ordinarias como en las adversas la higiene de las
familias como las del vecindario son la garantía esencial para la buena salud
pública, no descuidándose esta, opinan: que dadas las buenas condiciones
climatológicas de nuestro suelo, la
escasez de nuestro vecindario, lo oxigenado de nuestra atmósfera, la buena
situación del cementerio, la abundancia de aguas potables, la moralidad en las
costumbres de estos habitantes, resultado del trabajo lícito y honrado a que
están dedicados, que es el del campo, con el que cubren todas sus necesidades,
sin que se conozca en este país la mendicidad, condiciones todas que aumentan
su población, sin que haya habido en otros periodos epidémicos sino algún caso
pasajero, … por estos inestimables datos, la autoridad local, en nuestro
sentir, no tiene otra cosa que hacer que ser el custodio y vigilante de los de
afuera y el más fiel ejecutor en cumplir las prescripciones impuestas a estos
vecinos, con lo que creen no existe temor alguno de que se altere la salud de
estos naturales. Cuyo dictamen fue aprobado por unanimidad.
El
año siguiente, 1885, fue conocido en España como el Año del Cólera, pero no
sabemos que incidencia tuvo en Canena. En la ciudad de Jaén provocó una alta
mortalidad, al igual que en otros pueblos cercanos al nuestro, como Begíjar,
Villacarrillo o Torreperogil; en cambio, la mortalidad fue menor en Úbeda, Baeza
o Linares.
Según
la normativa, los contratos de los médicos locales eran por cuatro años. A
continuación transcribimos el que se le hace en 1897. En la sesión de la Junta
Municipal de 30 de junio de 1897, previa convocatoria de la plaza en el Boletín
Oficial de la provincia y habiéndose presentado solo su solicitud, se le nombra
médico de Canena, bajo las siguientes condiciones: 1.ª- El Médico Municipal
nombrado, Don Manuel Reyes y Reyes, tendrá obligación de asistir gratuitamente
a los pobres y braceros que no cuenten con más recursos que un jornal, la cual
información constará en listas que determinará el Ayuntamiento cada año, a cuyo
fin, y en armonía con lo dispuesto en el art.º 60 del Reglamento vigente, la Junta
Municipal acuerda por unanimidad fijar en doscientas las familias pobres de
este término. 2.ª.- Cuidará de inspeccionar y dirigir la vacunación y
revacunación de los habitantes de esta villa y su término, así como cumplir y
hacer cumplir los preceptos sanitarios de los Mercados y Mataderos … y cuanto
se refiera a la salubridad de alimentos y bebidas y velar por la policía
higiénica de los sitios públicos y afueras de la población, atendiendo al
desagüe de pantanos y muladares y cuanto pueda afectar a la salud pública.
3.ª.- Inspeccionará además, previa la competente autorización, las habitaciones
en donde ocurra alguna enfermedad contagiosa, proponiendo a la autoridad las
medidas sanitarias convenientes y pondrá en conocimiento del Gobernador y del
Delegado de Medicina cualquiera enfermedad epidémica o contagiosa que se
presente en la localidad. 4.ª.- El Médico Municipal practicará también
gratuitamente el reconocimiento de locos y enfermos ambulantes pobres y cuantas
consultas sanitarias se le hagan por las autoridades y prestará el servicio de
reconocimiento de quintos mediante la retribución que el Gobierno acuerde,
cumpliendo además todas las obligaciones prescritas por las leyes y cuantas
disposiciones se dicten sobre sanidad; por todos los servicios expresados
percibirá el haber anual de dos mil quinientas pesetas libres de descuento.
5.ª- Conforme al reglamento vigente de 14 de Junio de 1891, este contrato
tendrá fuerza y será válido por cuatro años, empezando en primero de Julio
próximo y terminando en treinta de Junio de mil novecientos uno, en caso de
rescisión convencional se pondrá en conocimiento de las partes con un mes de
anticipación y si no se renovase, este contrato con arreglo a la Ley se
considerará prorrogado por otros cuatros años.
Como
se expresa, el contrato tiene como objeto fundamental atender a las familias
más necesitadas del pueblo, en número de doscientas (estas doscientas familias
debían suponer en torno a 700 habitantes, algo menos de la mitad de la
población)[13].
El resto de vecinos, los más pudientes, debían concertar con el médico su
asistencia sanitaria por el sistema de igualas, de manera individual o
colectiva, abonándole la cantidad que acordaran. Este sistema de igualas ha
perdurado hasta entrada la segunda mitad del siglo XX.
En
cuanto a su retribución, que en 1883 era de 998 pesetas, en 1897 es de 2.500
pesetas, incremento que posiblemente sea debido a que el número de familias
pobres a atender pasó de 50 a 200. No obstante, la situación angustiosa por la
que atravesaba la hacienda municipal a finales de 1899, hace que D. Manuel
Reyes Reyes, por escrito de 28 de diciembre de 1899, pida reducción de su
dotación, que se le rebaja a 1.250 pesetas anuales:
Sr.
Alcalde Constitucional de esta Villa
D.
Manuel Reyes Reyes, vecino de esta villa, mayor de edad, casado y Médico
Cirujano de la misma, como lo justifica con la cédula personal que exhibe
señalada con el número 832 de 9ª clase, expedida por el Recaudador de esta
población en 9 de Octubre de 1899, la cual después de examinada espera le sea
devuelta, a V. con el debido respeto expone: Que deseoso de contribuir por su
parte al mejoramiento y desahogo de la situación apurada en que se encuentra
este municipio, por la falta de recursos de que dispone, se dirige a la digna
autoridad de V. manifestándole el propósito de que se encuentra animado de
servir por menos dotación de la que actualmente disfruta la plaza de Médico
Cirujano de esta villa, que viene desempeñando, por el tiempo que le resta de
su contrato, obligándose a seguir sirviéndola por la cantidad que nuevamente se
le señale; y con el fin de que se haga esta modificación en su referido
contrato, recurre a V.
Suplicándole que en vista de lo expuesto se
sirva convocar a la Junta Municipal de esta villa, si a bien lo tiene, con
objeto de que penetrados de su petición se sirvan acordar lo que les parezca
acertado.
Canena,
a 28 de diciembre de mil ochocientos noventa y nueve (firma Manuel Reyes)
Al
día siguiente, 29 de diciembre, el alcalde, Manuel Serrano Godoy, convoca a la
Junta Municipal para el día 30 de diciembre, que tiene por objeto dar cuenta
de una solicitud presentada por el Médico Municipal de esta Villa, D. Manuel
Reyes Reyes, en que se manifiesta el laudable propósito de que se encuentra animado
de desempeñar la plaza de Médico Municipal de esta Villa que viene ejerciendo,
por menor dotación de la que se le tiene asignada en el tiempo que le resta de
contrato, en atención al estado angustioso porque pasa actualmente este
Municipio, contribuyendo de este modo, como es su deseo, al mejoramiento y
desahogo del mismo = En su virtud, dada lectura de orden del Sr. Presidente a
la solicitud mencionada y expuesta a la consideración de los Sres. presentes la
proposición que por la misma se hace, se abrió discusión sobre ella, haciendo
uso de la palabra varios de los Sres. congregados, ensalzando cual se merece la
acción generosa y desinteresada que en el dicho escrito se expone y discutido
que fue suficientemente el particular referido, se acordó por unanimidad dar
las gracias al expresado Sr. recurrente y aprobar la proposición que por el
mismo se hace, modificando desde luego su contrato en cuanto a la asignación
que disfruta, la cual deberá consistir desde primero de Enero próximo en
adelante, hasta la terminación de su contrato, en la cantidad de mil doscientas
cincuenta pesetas anuales, quedándose subsistentes todas las demás condiciones
expresadas en el mismo, debiendo notificarse este acuerdo al interesado para su
conocimiento = Con lo cual se dio por terminado este acto que firman todos los
Sres. concurrentes, de que certifico = Manuel Serrano = Cipriano Godoy = Juan
Ramón García = Lázaro López = Francisco Godoy = Pablo Reyes = Miguel García =
Juan Mora = Miguel Reyes = Juan J. Martínez
Las
condiciones económicas del contrato, con la retribución anual de 1.250 pesetas,
se mantienen en años sucesivos, de tal forma que cuando en 1917 se le hace el
contrato a su hijo, Juan Reyes Godoy, la asignación anual será de 1.500
pesetas, incrementándose solo en 250 pesetas.
A
lo largo de los años del ejercicio de médico en Canena, D. Manuel Reyes Reyes
también atendía otros servicios, como el de realizar el reconocimiento médico
de los mozos de reemplazo, trabajo que se le remuneraba de manera
independiente. En 1912 y 1915 la corporación lo declara incompatible para
asistir al acto de la clasificación y declaración de soldados del actual
reemplazo, por tener parentesco de primer grado con uno de los mozos
comprendidos en el mismo; acordando por unanimidad que en vista de no haber en
esta localidad otro médico, se nombre para dicho acto al de la inmediata villa
de Rus, don Ramón Mondéjar Daza, a quien se le notificará esta designación para
su conocimiento y aceptación. En 1912 uno de los mozos de reemplazo era su
hijo Juan, nacido en 1891, y en 1915 su hijo Rufino, nacido en 1894.
También
se implicaba en todos los aspectos que tenían que ver con la mejora de las
condiciones sanitarias de la población. Así, en agosto de 1909, a raíz de una
visita de inspección hecha en las escuelas por orden de la Junta Provincial,
propuso una serie de reformas en las mismas: en la escuela de niños, levantar el
entarimado que sirve de pavimento y que se encuentra en completo estado de
deterioro y arreglar el piso con baldosa o ladrillo y proporcionar por medio de
un nuevo hueco más luz y ventilación, y en la de niñas, habilitar otro local
por considerar insuficiente el que en la actualidad se utiliza para dicho fin.
La corporación discutió suficientemente este asunto y acordó que en virtud a no
haber consignación el presupuesto para dichas obras y ser insignificante la que
en la actualidad queda por invertir en el capítulo de imprevistos no se podrá
pensar en obras de ninguna clase, pudiendo ofrecer a la Junta provisionalmente
para la clase de niñas y hasta tanto se habilite otro local que reúna
condiciones de capacidad e higiene, el salón de actos de este Ayuntamiento si
dicha Junta lo encuentra en condiciones y tiene a bien aceptarlo; y en cuanto a
las reformas propuestas para la escuela de niños, por considerarlas de poca
importancia, estudiar la forma de llevarlas a cabo lo antes posible, para lo
cual se autoriza al Sr. Alcalde para que nombre un maestro de obras que haga el
presupuesto de dichas reformas y con vista de lo que arroje resolver se
realicen.
Ese
mismo año, en sesión del Ayuntamiento de 12 de enero, el Sr. Presidente dio
conocimiento a la corporación de que la Junta de sanidad de esta localidad, en
sesión celebrada el día veinticinco del pasado diciembre, con motivo de haberse
presentado algunos casos de viruela, había tomado entre otros el acuerdo de que
se adquiera la vacuna suficiente para vacunar y revacunar a todos los vecinos
pobres y sus familias que la deseen, a fin de evitar con esta medida el
desarrollo de la epidemia ¿vaciadora? que tan funesta consecuencia puede traer
al vecindario. En su virtud se había adquirido una bombona que ya se estaba
utilizando y cuyo pago proponía se abonase del capítulo 5º artículo 8º del
presupuesto vigente, toda vez que lo consignado en dicho artículo es para
higiene y salubridad pública. La corporación acordó se abone la suma de
cuarenta pesetas, importe de la vacuna adquirida y gastos, en la forma
propuesta por el Sr. Presidente.
El
31 de marzo de 1917, D. Manuel Reyes Reyes, con 63 años de edad, presenta su
renuncia como médico titular de Canena. El escrito de renuncia, que se
transcribe a continuación, forma parte del Expediente instruido por la
Alcaldía de esta villa para la provisión de la plaza de médico titular a favor
de Don Juan Ramón Reyes Godoy, según acuerdo de la Junta municipal de 21 de
Mayo del año 1917, que se encuentra en el Archivo Municipal de Canena, caja
100, carpeta 12.
Inspección
Municipal de Sanidad de Canena
Debido
a mi delicado estado de salud, me es imposible visitar a los enfermos pobres
con la diligencia y actividad necesarias, por lo que me veo precisado (bien a
pesar mío) a renunciar la titular de Médico-Cirujano que vengo desempeñando sin
interrupción desde hace treinta y cuatro años. Lo que pongo en conocimiento de
V. para los efectos oportunos.
Dios
guarde a V. m.a.
Canena,
31 de Marzo de 1917. (firmado Manuel Reyes)
Sr.
Alcalde Constitucional de Canena.
Ese
mismo día celebra sesión la corporación municipal, presidida por el alcalde, D.
Miguel Herrera Godoy, que dio cuenta a la corporación de que Don Manuel
Reyes y Reyes, médico titular de esta villa, presentaba su renuncia de su cargo
con esta misma fecha, fundada en motivos de salud. Los señores concejales presentes, después de
breve discusión sobre este asunto, manifestaron unánimemente el sentimiento que
les producía la renuncia presentada por dicho Señor; pero que ante las razones
en que se funda procedía admitirla, quedando así acordado. Por unanimidad y a
propuesta del Sr. Presidente se acordó conste en acta que la corporación
municipal queda altamente satisfecha de la labor profesional del señor Don
Manuel Reyes y Reyes, llevada a cabo con una constancia sin igual y una
rectitud, hermana de una inteligencia serena y ecuánime, durante los treinta y
cuatro años que ha desempeñado la titular de esta villa. También se
acuerda que para proveer la vacante de dicha plaza de médico titular, se
proceda iniciar el oportuno expediente y se anuncie en el Boletín de la
provincia un plazo de veinte días para que se presenten solicitudes, todo con
arreglo al Reglamento del Cuerpo de Médicos Titulares de España. Igualmente se
acordó nombrar médico titular, con carácter interino y hasta que se resuelva el
concurso, al médico de esta localidad D. Juan Reyes Godoy, a quien se le
notificará este acuerdo. Y para que conste y surta sus efectos en este
expediente, expido la presente de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde,
en Canena a treinta y uno de Marzo de mil novecientos diez y siete. (firma el
Secretario, Pedro García, con el V.ºB.º del Alcalde).
Como
podemos leer en el acta de la sesión, la corporación municipal quiso dejar
constancia del agradecimiento a Don Manuel Reyes Reyes por su labor
profesional, llevada a cabo con una constancia sin igual y una rectitud,
hermana de una inteligencia serena y ecuánime, durante los treinta y
cuatro años que ejerció como médico de Canena. Años después le pondría su
nombre a una calle del pueblo, la hasta entonces Calle Baja.
En
la misma acta se nombra como médico interino a su hijo, D. Juan Reyes Godoy y
se decreta se formen edictos comunicando la vacante y se remita un ejemplar
para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia al Gobernador Civil, lo
que se hace el día 10 de abril.
Boletín Oficial de la Provincia del 10 de abril
de 1917. Al final de la segunda columna de la página 3 se puede leer el anuncio
de la vacante de la plaza de médico titular de Canena
Un
mes antes, en sesión de la junta municipal de 26 de febrero, D. Juan Reyes
Godoy es nombrado médico para el reconocimiento de los mozos de reemplazo, en
atención a que el titular, D. Manuel Reyes Reyes, se encuentra incapacitado por
parentesco dentro del cuarto grado en el mozo número 1, Juan de Dios García
Reyes. Este sería probablemente el primer trabajo que realizara como médico
en Canena, por el que se le abonaron 50 pesetas.
El
1 de mayo de 1917 el Secretario del Ayuntamiento certifica que durante el plazo
concedido en el anuncio solo se ha presentado una instancia solicitando la
plaza de Médico titular de esta villa, suscrita por Don Juan Ramón Reyes Godoy,
y a cuya instancia acompaña el título correspondiente, del que se une una copia
a este expediente. Y para que conste expido la presente, que visa el Sr.
Alcalde, en Canena, 1.º de Mayo de 1917 (firma el Secretario, Pedro García
Gámez, con el V.ºB.º del Alcalde). Dicha instancia se presenta el 15 de
abril, a la que acompaña el título de Licenciado en Medicina y Cirugía por la
Facultad de Medicina de la Universidad Central de Madrid, expedido en agosto de 1915.
Al
Alcalde Constitucional de esta villa de Canena
El
que suscribe, Licenciado en Medicina y Cirugía, perteneciente al Cuerpo de
Médicos Titulares, con la cédula personal correspondiente que exhibe a calidad
de devolución, enterado del anuncio publicado en el Boletín Oficial de esta
provincia, convocando concurso para la provisión de la plaza de Médico titular
vacante en este Municipio, creyéndose en condiciones para desempeñarla, como lo
justifica con los documentos que adjunto se relaciona y acredita;
Suplica
a V. se digne admitirle al referido concurso y en su día concederle, con el
Ayuntamiento y Junta de Asociados de su digna presidencia, la plaza que
solicita.
Dios
guarde a V. muchos años.
Canena,
15 de Abril de 1917. (firmado Juan Reyes Godoy)
De
acuerdo con lo que establecía el Reglamento del Cuerpo de Médicos Titulares de
España, el Ayuntamiento remitió a la Junta de Gobierno y Patronato de dicho
Cuerpo relación de los señores solicitantes de la plaza (solo se presentó Juan
Ramón Reyes); dicha Junta de Gobierno y Patronato remitieron al Ayuntamiento de
Canena una certificación de 7 de mayo, acreditando que Don Juan Ramón Reyes
Godoy tenía las condiciones para pertenecer al Cuerpo de Médicos titulares,
según constaba en el respectivo expediente de ingreso que obraba en su archivo;
recibida dicha certificación, el Alcalde convocó para el 21 de mayo Junta
municipal para resolver el concurso para provisión de la plaza de médico
titular, cuya papeleta de citación les hizo llegar a los concejales y asociados
el alguacil, Luis Gámez Martínez[14].
Reunida la Junta Municipal el 21 de mayo, acordó nombrar a D. Juan Ramón Reyes
Godoy Médico titular del término de Canena por reunir los requisitos exigidos
en el anuncio de concurso.
Don
Pedro García Gámez, Secretario del Ayuntamiento Constitucional de esta Villa__
Certifico:
Que la Junta Municipal en sesión celebrada el día veintiuno del mes actual
acordó lo siguiente___
“En
la Villa de Canena, a veintiuno de Mayo de mil novecientos diez y siete,
reunidos los señores de la Junta Municipal en la Sala Capitular bajo la
presidencia del Sr. Alcalde, D. Miguel Herrera Godoy, el cual mandando el
objeto de la convocatoria manifestó: Que se estaba en el caso de dar
cumplimiento a lo dispuesto en el art.º 91 de la vigente ley de sanidad de 1904
para la provisión de la plaza de Médico titular de este término, en armonía con
lo que instituye el capítulo cuarto del Reglamento del Cuerpo de Médicos
Titulares. Dada lectura por mi el infrascrito Secretario de las solicitudes
presentadas durante el plazo legal, y resultando tan solo aspirante a dicha
plaza el Médico Cirujano vecino de esta villa D. Juan Ramón Reyes Godoy, fue
examinada la documentación presentada por el solicitante, la que resulta
suficiente con arreglo a las disposiciones citadas; y en su consecuencia la
Junta acordó por unanimidad nombrar a dicho Sr. para expresado cargo por reunir
los requisitos exigidos en el anuncio de concurso bajo las condiciones y con
las obligaciones y derechos derivados de la Instrucción de Sanidad de 12 de
Enero de 1904, Reglamento de 11 de Octubre del propio año, además disposiciones
complementarias o modificativas respecto al particular dictadas y que se
dictaren. Todo lo cual constituye el contenido del contrato que de acuerdo con
el interesado se extiende por separado en este mismo acto. Terminado pues el
objeto de la convocatoria el señor Presidente declaró levantada la sesión y la
presente acta que leída por mi el Secretario firman todos los señores
concurrentes de que certifico.”
Lo
copiado concuerda fielmente con el acta a que me refiero. Y para que conste y
unida al expediente de su razón, expido la presente de orden y con el visto
bueno del Sr. Alcalde, en Canena a veintiuno de Mayo de mil novecientos diez y
siete. (firma el Secretario, Pedro García, con el V.B. del Alcalde)
Ese
mismo día se firma el contrato.
Copia
del contrato
En
la villa de Canena, a veintiuno de Mayo de mil novecientos diez y siete años,
comparecen en esta Alcaldía de una parte Don Miguel Herrera Godoy, Alcalde
Presidente del Ayuntamiento de esta villa y de la otra Don Juan Ramón Reyes
Godoy, médico titular nombrado por la Junta municipal en esta misma fecha, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 38, 39, 40 y 41 del Reglamento
del cuerpo de Médicos titulares de España, aprobado por R.D. de 11 de Octubre
de 1904 y ante mí, el Secretario de este Ayuntamiento se procedió a formular el
oportuno contrato bajo las condiciones siguientes.___
Primera.
El presente contrato regirá por tiempo ilimitado, de conformidad con lo
dispuesto en el art.º 91 de la Instrucción general de Sanidad pública y 41 del
Reglamento del Cuerpo de Médicos titulares de España._____
Segunda.
El sueldo que disfrutará el Titular será el de mil quinientas pesetas anuales,
consignadas en el presupuesto municipal, con arreglo a la categoría en que está
clasificada la plaza, pagadas por meses vencidos.___
Tercera.
El Médico titular, D. Juan Ramón Reyes Godoy, se obliga a cumplir todos los
deberes que le emplaza el artículo 53 del Reglamento del Cuerpo de Médicos
titulares y los artículos 91 y 92 de la Instrucción general de Sanidad.___
Cuarta.
Prestará asistencia gratuita a doscientas familias pobres que se hallen
incluidas en las listas que al efecto forme el Ayuntamiento con arreglo a lo
dispuesto en el art.º 5.º del Reglamento de 14 de Junio de 1891.____
Quinta.
En todos aquellos casos que se especifiquen en este contrato, como las
ausencias y enfermedades del médico, se estará a lo dispuesto en las leyes y
disposiciones vigentes.___
Tal
es el contrato que con arreglo a lo dispuesto en el art.º 41 del Reglamento de
Médicos titulares se formula, del que se facilitará copia al interesado y se
dará cuenta del mismo a la Junta de gobierno y Patronato de Médicos titulares
de España; y lo firman las partes interesadas, de que yo el Secretario
certifico.”___
Es
copia de un original que consta en el libro de sesiones de la Junta Municipal
de esta villa, a que me refiero.
Canena,
a 25 de Mayo de 1917 (firma el Secretario, Pedro García, con el V.B. del
Alcalde)
Si
lo comparamos con el contrato que había firmado su padre 20 años antes, ha habido
algunas modificaciones, derivadas del cambio de normativa, y ya la duración es
ilimitada y no por cuatro años. El sueldo, que en 1917, se fija en 1.500
pesetas, se incrementaría con el paso de los años. En 1925 era de 2.500
pesetas; en 1940, de 3.000 pesetas; en 1941, de 4.500 pesetas, más 675 pesetas
por quinquenios.
4. EL MATRIMONIO Y SU FAMILIA.
Como
hemos indicado, la boda de Juan Reyes Godoy y Ramona Godoy García, tuvo lugar
el 20 de abril de 1917, coincidiendo con el inicio de la vida laboral de Juan,
que comienza el 31 de marzo de 1917. Tras la boda, los novios pasaron unos días
en Madrid. El matrimonio edificó su casa en terrenos del padre de la novia, en
la prolongación de la calle Baja, en la calle denominada hoy Yanguas Mesías,
posiblemente en los años veinte del siglo pasado, aunque desconozco exactamente
cuándo se construyó; destaca por la armonía de sus proporciones, así como por
la calidad constructiva y algunos elementos singulares, como la escalera, y
todavía hoy es una de las casas más relevantes de Canena, a pesar de no estar
habitada de manera permanente[15].
En ella vivió Don Juan hasta su marcha a Linares en 1955; hoy sigue siendo propiedad de sus nietos,
aunque la casa contigua, también integrada en la misma propiedad, fue vendida
por su hijo Tomás a Sebastián Cobo. Suya era también la parcela donde se
construyeron las Escuelas Nuevas hacia 1960, cediendo para ello los terrenos al Ayuntamiento
(parece que sin contraprestación económica, aunque este es un dato que no he
podido confirmar).
Fotografía actual de la que fue la casa de Juan y Ramona |
Juan
y Ramona tuvieron dos hijos, Manuel, nacido en 1920, y Tomás, en 1923.
Los niños Manuel y Tomás. Fotografía cedida por María del Carmen Reyes Ortega |
Ambos estudiaron Medicina en Madrid, y ejercieron el primero en Madrid y el segundo en Linares, donde también fue alcalde de 1973 a 1979. Como dato reseñable, en 1979 comienzan su andadura los Cursos de Verano de la Universidad Internacional de Andalucía en Baeza, a los que Tomás asiste ininterrumpidamente desde ese año hasta su muerte, siendo homenajeado por dicha Universidad en 2009, a sus ochenta y seis años, por sus treinta años de asistencia continuada a los cursos de verano de Baeza, manifestando entonces que allí, en Baeza, nació la vocación médica de su familia, porque allí estudiaron el Bachillerato tanto su padre como su abuelo. Manuel y Tomás siempre se consideraron caneneros y se mantuvieron vinculados a nuestro pueblo, ayudando tanto a sus vecinos como a sus instituciones[16]. Manuel tuvo una hija, Pilar, que ha continuado, ya como cuarta generación familiar, ejerciendo la medicina. Tomás tuvo un hijo, también llamado Tomás, al igual que su padre y su bisabuelo, y una hija, María del Carmen. Esta última, casualmente, se casó en el Ayuntamiento de Canena en septiembre de 2016, en la misma casa que lo hicieron sus abuelos casi cien años antes.
Don
Juan pasaba consulta en la planta de arriba de la casa consistorial y en su
propio domicilio y hacía las visitas
domiciliarias a los enfermos. Era una persona muy abierta, extrovertido y
espléndido. Me cuenta mi padre que cuando visitaba a los enfermos pobres en sus
casas, a los más necesitados les solía dejar algún dinero para ayudarles a
salir adelante, en muchas ocasiones escondido debajo de la almohada del
enfermo, sin decirles nada. Era un gran aficionado a la caza y entabló amistad
con Luis Junguito, hacendado cordobés, que tenía un cortijo, hoy desaparecido,
en el término de Vilches, entre las Atalayuelas y las Cuevas de Giribaile; en
ese cortijo trabajaban bastantes caneneros y allí solía ir Don Juan con
relativa frecuencia. Junto con otros caneneros aficionados a la caza, creó un
coto de caza en la finca La Lambra.
En
el libro “Canena, crónica del siglo XX”, se le cita en varias ocasiones, como
cuando tuvo lugar en 1934 el accidente de la “zorrilla”[17],
instalándose el hospitalillo en lo que hoy es Chicote. D. Juan Reyes, el
médico, doña Ramona Godoy, su esposa, y algunos voluntarios estuvieron curando
y atendiendo a los heridos, utilizaron sábanas a modo de vendas y los modestos
medios a su alcance; posteriormente los heridos fueron llevados a Úbeda. Se le vuelve a citar en la página 92, en
este caso cuando su hijo Tomás cuenta el crimen de Los Corralillos, ocurrido en
1920, y como su padre sospechó pronto del que resultó ser el asesino. En el
relato de la explosión de una granada en el Castillo (página 137), en 1939,
también se hace referencia a su atención a los niños accidentados, dos de los
cuales murieron; en la página 138, se cuenta como colaboró con María Ortega
Granada, “María la de Santos”, en las gestiones que hicieron para impedir la
demolición del Castillo en 1947; y en la página 169 se cita el homenaje que se
le tributó en junio de 1963 en el Castillo.
Juan
murió en marzo de 1966 y Ramona en abril de 1979. Ambos están enterrados
en el panteón familiar de su padre, en
el cementerio de Canena[18].
Detalle del panteón de Don Manuel Reyes Reyes, donde también se encuentran enterrados su hijo Juan y su nuera Ramona |
Sus
hijos también han muerto ya, Manuel en 2000, y Tomás en 2010, este último
enterrado en el cementerio de Canena. Los hijos de Tomás mantienen las
propiedades de su padre en Canena, tanto la casa familiar como varias fincas.
[1] Soler Belda, Ramón. La visión de Linares en
la prensa conocida de Baeza (1855-1935), Siete Esquinas, Revista del Centro de
Estudios Linarenses, año III, n.º 4 (2012), pp. 105-116.
[2] Mi agradecimiento a Mari Ela Herrera, que
me ha facilitado el acceso al documento.
[3] Los terrenos de Tomás Godoy Arza eran los
de la parte baja de la calle Nueva (hoy Miguel de Cervantes) y los de
Álvaro Lorite López, los de la parte alta. Éste era el padre de Adela y
Francisco Ramón, la primera, madre de “Madre Pepa” y el segundo, padre de
Manolo y Antonio -los “Franciscorramones”- y hoy las casas de la parte alta de
la calle siguen siendo de sus descendientes.
[4] En estos años son maestros albañiles en
Canena Juan María Cobo García y Maximiliano Sánchez Hernández. El primero tuvo
tres hijos (Juan María, Francisco y Juan Rufino), que siguieron el oficio
paterno, al igual que algunos de sus nietos, entre los que destacó Juan María
Cobo García, coincidente en nombre y apellidos con su abuelo. Maximiliano tuvo
cuatro hijos y dos hijas, de los que siguió su oficio el hijo mayor, Juancho;
éste tuvo tres hijos y una hija, que también han sido albañiles (Miguel,
Emiliano y Lázaro, así como su cuñado Daniel).
[5] Tuvieron otra hija, Francisca, que en 1892
tenía siete años, y que debió morir joven. Padrón de hatitantes de 1892.
Archivo Municipal de Canena, Caja 53, legajo 7.
[6] Aunque en la placa de su enterramiento en
el cementerio de Canena aparece la fecha de 5 de diciembre de 1927, debe
tratarse de un error, ya que la noticia se recoge en la prensa de diciembre de
1926.
[7] Televisiones, radios y diarios recogieron
la noticia, destacando casi unánimemente que había sido Antonio Bautista, el
marido de Josefa, el que en su testamento dejó tres fincas, con trescientas
olivas, para repartirlas entre los caneneros pobres, sin aclarar que en
realidad esa condición se la había impuesto su mujer, Josefa.
[8] Labor fundamental para que se consumara la
cesión al Ayuntamiento fue la que llevaron a cabo el alcalde y el primer
teniente de Alcalde, Juan Serrano y Cristóbal Torres, a quien agradezco la
información que me ha facilitado.
[9] Este documento se encuentra incluido en el Expediente
instruido por la Alcaldía de esta villa para la provisión de la plaza de médico
titular a favor de Don Juan Ramón Reyes Godoy.
Archivo Municipal de Canena, Caja 100, legajo 62.
[10] Las fechas de nacimiento se han tomado del
Padrón de habitantes de 1892. Archivo Municipal de Canena, Caja 53, legajo 7.
[11]
Una transcripción del título, copiado por el Secretario del Ayuntamiento, se
encuentra en el Archivo Municipal de
Canena, Caja 100, carpeta 12, de expedientes de nombramientos de sanitarios
locales, donde también se incluyen otros documentos citados en este artículo.
[12] Según el padrón de habitantes de 1892,
tuvieron otra hija, que fue la primera, nacida en 1888, que debió morir siendo
niña, llamada Antonia; más tarde, cuando nació la pequeña, en 1910, le pusieron
de nombre también Antonia.
[13] Según el Padrón de habitantes de 1892, hay en
Canena 470 vecinos y 1.612 habitantes. Archivo Municipal de Canena, Caja 53,
legajo 7.
[14] Luis Gámez Martínez es el padre de Farri y
abuelo de Manolete, que también fueron alguaciles de Canena. Había sido
nombrado como alguacil el 4 de Julio de 1909.
[15] La edificó un albañil de Linares, que también
construyó la que hoy es casa de Juani Mari y la del párroco, junto a la
Iglesia.
[16] Sobre ellos escribe Cristóbal Torres Godoy
que “me consta personalmente su amor por Canena y su privilegiada memoria sobre
hechos acaecidos en nuestro pueblo, que en mi opinión les hacen acreedores de
un recuerdo. En mi caso, su ayuda y consejo fueron decisivos para mis estudios
superiores”. Folleto publicado con motivo del homenaje que se le tributó a
Cristóbal el 31 de Agosto de 2013, que recoge su intervención en dicho
homenaje, bajo el título “Antecedentes, Hechos y Personas que han marcado la
vida de Canena en el último Siglo”.
[17] TORRES GODOY, Miguel y MARTÍNEZ GARCÍA,
Pedro. Canena, crónica del siglo XX, páginas 75-76.
[18] Las fechas del fallecimiento de Juan y Ramona
me las ha facilitado su nieta Pilar, al igual que alguna otra información sobre
sus abuelos. En el panteón, que se encuentra bastante deteriorado, solo figura
que es de D. Manuel Reyes Reyes y familia, pero por la información que he
podido recabar también están enterrados Juan y Ramona y supongo que puede estar
enterrado algún hijo más de D. Manuel.
Texto de José Luis Reyes Lorite
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