Sobre “El Molinillo”, elemento singular del patrimonio histórico de Canena, hay varias incógnitas: su cronología, las fuentes de agua que lo surtían, hasta cuándo ha estado en funcionamiento… Este estudio trata de dar respuesta a estas incógnitas, a partir de las fuentes documentales. Establece su edificación en la segunda mitad del siglo XVI, tras la compra de Canena por Francisco de los Cobos, aporta datos sobre su régimen y condiciones de explotación, sobre los problemas de la escasez de agua para poder moler, hasta su abandono en las primeras décadas del siglo XIX.
Canena, molino de cubo, arroyo de la Yedra, Marquesado de Camarasa.
Regarding “El Molinillo”, a unique element of the historical heritage of Canena, there are several unknowns: its chronology, the water sources that supplied it, how long it has been in operation. This study tries to answer them, based on documentary sources. Its construction dates back to the second half of the 16th century, after the purchase of Canena by Francisco de los Cobos, it provides data on its regime and conditions of exploitation, on the problems of the scarcity of water to be able to grind, and establishes its abandonment in the first half of the 19th century.
Canena, cube mill, La Yedrda stream, Marquisate of Camarasa, 16 th-19th centuries.
Uno de los bienes del patrimonio histórico de Canena es el Molinillo, un molino harinero de cubo junto al arroyo de la Yedra, en su margen izquierda. Si bien no tiene el carácter monumental de otros bienes patrimoniales, como el Castillo o la Iglesia, sí es interesante por su función y tipología. Su falta de uso desde hace tiempo ha provocado su progresivo deterioro, pero todavía se conserva parte del acueducto y del molino, necesitados de labores de conservación y restauración. Recientemente ha sido adquirido por el Ayuntamiento de Canena, que pretende llevar a cabo los trabajos que impidan su desaparición.
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El molino desde la margen derecha del arroyo y restos del acueducto |
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Restos de la última arcada del acueducto y el cubo del molino |
Varias incógnitas se plantean sobre él, como su cronología, si ha tenido o no un uso continuado y cuándo se abandonó, de dónde se surtía de agua. Voy a intentar responder a algunas de estas cuestiones y enumerar la bibliografía que ha hecho referencia a él, en más de una ocasión de manera errónea.
No abordo en este estudio el funcionamiento del molino, que sería similar a otros del mismo tipo, de los que se pueden consultar otras publicaciones, ni su capacidad de producción, ni los elementos que tendría, su planta…, que esperemos que trabajos arqueológicos complementarios a las labores de conservación que se realicen próximamente puedan aportar. No obstante, reproduzco un esquema de un molino de cubo.
¿Molino de origen romano?
En términos generales, casi sin excepción, los estudios que citan la zona donde se ubica el Molinillo adscriben su origen a la antigüedad, al periodo romano, hablando de la “villa” del Molinillo o de una estructura hidráulica asociada a la villa del Balneario, restos que se modificarían en el siglo XVI para edificar el molino.
La primera cita bibliográfica la encontramos en la Historia de Baeza, editada en 1985, en cuyo capítulo sobre “Baeza en la antigüedad. Sus orígenes”, escrito por Arturo Ruiz Rodríguez y J.T. Cruz Garrido, en la página 53, se indica que el arroyo de la Yedra hace de eje a un quinto grupo compuesto, entre otros yacimientos arqueológicos, por la “villa” del Molinillo (con una estructura de 20 por 20 metros y restos de teselas en la cota de 450 metros). En todos los casos hay que señalar la existencia de pozos de agua o manantiales naturales que facilitan las posibilidades agrícolas ya citadas. Y en la página 54 (ilustrada con una foto del Molinillo, con el siguiente texto en su pie: Acueducto romano. Balneario de Canena), sigue: De este proyecto agrícola de La Loma conocemos algunos trabajos hidráulicos que con toda seguridad se desarrollaron al mismo tiempo que la expansión agrícola. Cerca de la “villa” del Molinillo, y en término de Canena se conservan restos de un acueducto de gran interés por ser el único conservado en la provincia de Jaén y del que todavía se conservan setenta y cinco metros, con sillares bien labrados de veinte por cincuenta y del que queda en pie aún una arcada.…
En 1988, Ambrosio J. Pulpillo Ruiz, en su Historiografía de Rus y su entorno, reproduce, en su página 14, lo citado anteriormente: La villa del “Molinillo” (término de Canena, donde está el Balneario) contiene restos de un acueducto romano, el único que se conserva en la provincia de Jaén.
En el fascículo 37 de Jaén, pueblos y ciudades, referido a Canena, editado en 1997, el apartado de Arqueología, Historia Antigua (páginas 729-731), escrito por Carmen Rísquez Cuenca, se refiere a dos asentamientos romanos, uno la Villa del Balneario y el otro asentamiento de este tipo es el conocido como El Molinillo, situado junto al arroyo de la Yedra. También aquí se ha constatado la abundancia de materiales cerámicos, junto con restos de teselas, que formarían sin duda parte de mosaicos. Por la gran dispersión que alcanzan los restos materiales que aparecen en superficie, podríamos apuntar la idea de que el sitio fuera algo más que una de las tan conocidas villae bajo-imperiales, sobre todo si tenemos en cuenta la importancia del poblamiento tardorromano que va a tener la comarca.
En ambos casos hay que señalar la existencia de pozos de agua o manantiales que facilitan la actividad agrícola. Sobre este último asentamiento se construirá un acueducto y un molino, que por su tipología y sistema constructivo pertenecen a etapas muy posteriores, que podrían situarse entre el siglo XIII y el XVIII, siendo necesario un estudio más completo para determinar con precisión su cronología.
La última cita bibliográfica es el artículo publicado por Eva M.ª Morales Rodríguez e Ildefonso David Ruiz López en Florentia iliberritana, Revista de estudios de antigüedad clásica, n.º 16, 2005, págs. 365-382, con el título Análisis preliminar de los elementos constructivos hidráulicos de época romana del arroyo de la Yedra (Canena, Jaén). Es la única publicación que se ha ocupado específicamente del Molinillo. En su resumen inicial se escribe: El acueducto del arroyo de la Yedra (Canena, Jaén) permite documentar una construcción hidráulica romana, destinada al abastecimiento de agua de las termas de Canena, datable entre fines del s. I y II d.C. En el artículo se hace una descripción de la traza, indicándose que se conservan visibles unos 68 metros aproximadamente y que la conducción presenta tres zonas diferenciadas: un trozo de muro, varias obras de arcadas, el sifón y el depósito rectangular abierto; se habla de construcción en mampostería y opus quadratum, con restos de opus caementicium y signinum en el interior de las arcadas, y que estos elementos constructivos hidráulicos de época romana al parecer fueron reparados durante el reinado de Carlos V, cuando la villa fue adquirida por su secretario D. Francisco de los Cobos. El artículo se completa con un estudio sobre las fuentes y paralelos y otro apartado de antecedentes, y como conclusiones termina diciendo que la instalación hidráulica se construye para abastecer a los baños. Se ubica en uno de los jundi del ager Vivatiensis; en este sentido, el gobierno local de Vivatia asumiría el coste de la expropiación de terrenos pertenecientes al jundus de Canus para la construcción de la instalación, mientras que un evergeta o promotor de las termas cargó con los gastos materiales de la obra en sí. Para datarlo creemos que puede avanzarse la fecha de s. II d.C. con la promoción de la ciudad a municipio flavio. Considero desacertadas las hipótesis que se plantean en este artículo y, sin descartar totalmente que en el entorno del Molinillo pudiera haber algún vestigio de origen romano, me parece que en los restos hoy emergentes nada hace indicar ese origen, como se afirma en esta publicación.
Por último, en el inventario del Patrimonio Histórico de Andalucía, elaborado por el Instituto del Patrimonio Histórico Andaluz, hay una ficha del Molinillo, datándolo entre la Edad Media y la Edad Moderna, indicando que en este yacimiento se aprecian los restos de un conjunto: un molino y el acueducto que permitía su funcionamiento. Del acueducto quedan aún en pie tres arcadas y del molino la torreta central, donde cae el agua procedente del acueducto, su salida inferior e incluso, in situ, la piedra de molino así como la bóveda de salida del agua. Tradicionalmente se venía manteniendo que estas construcciones databan de época romana, sin embargo, su tipología, su sistema constructivo y el material cerámico asociado nos lleva a situarlo entre los siglos XII y XVIII siendo necesario un estudio más completo para determinar con precisión su cronología. Me parece la referencia más acertada y voy a tratar de concretar esa cronología basado en los restos arqueológicos, con referencias documentales.
Estudio histórico. Fuentes documentales.
Completaré esa documentación con algunas referencias a las visitas de las Órdenes Militares de Santiago y Calatrava, de finales del siglo XV y principios del XVI, que se encuentran en el Archivo Histórico Nacional, y alguna otra encontrada en las actas del concejo, del archivo municipal de Canena.
Las visitas eran inspecciones que periódicamente se hacían en las encomiendas de las órdenes militares y que ofrecen una información valiosa sobre las rentas, las propiedades, la conservación de fortalezas e iglesias, el inventario de sus bienes muebles e inmuebles, números de vecinos… Numerosas investigaciones se han realizado con base en los libros de visitas y, tanto por estas investigaciones como directamente por las fuentes, podemos conocer con cierta aproximación las rentas y propiedades que la Orden de Santiago y la de Calatrava tenían en Canena, que se pueden además comparar con las rentas y propiedades de otras posesiones de las mismas órdenes. Centrándome en el tema que aquí interesa, hay que decir que en ninguna de las visitas que se conservan de ambas órdenes -abarcan desde 1468 a 1525- se cita que tuvieran en Canena molino harinero. Sin tener en cuenta la fortaleza -que parece ser que durante el siglo XV compartirían las dos órdenes, hasta que, por orden de los Reyes Católicos, es derribada la parte de Santiago, quedando en pie la de Calatrava-, cada orden tenía una Iglesia, un horno, varias huertas y otras propiedades, así como censos y rentas y otros derechos; la de Calatrava poseía también un molino de aceite y un olivar, que se arrendaban conjuntamente; también la de Santiago tenía otro olivar, contiguo al de Calatrava, aunque no tuvo molino de aceite hasta 1529.
Hay que concluir que si no se cita ningún molino harinero es porque no lo había, ya que no era un elemento menor en cualquier pueblo, sino fundamental y, como tal, si lo hubiera habido, estaría en poder de las órdenes militares, que lo explotarían bien directamente o a través de un arrendamiento. Y así lo hacían en otros pueblos que formaban, junto con Canena, sus encomiendas. La Orden de Santiago tenía molinos harineros tanto en Bedmar como en Albanchez; la de Calatrava, en Torres, Jimena y Recena, y también en Sabiote, y en término de Baeza en el río Guadalquivir. Era, por tanto, Canena la única villa dependiente de estas encomiendas que carecía de molino harinero.
Y en esta misma situación se encontraba en el momento de su compra por Francisco de los Cobos, en 1538. En el Archivo de la Casa de Camarasa hay bastante documentación del momento en que el rey Carlos V, como administrador de los bienes y rentas de las órdenes militares de Santiago y Calatrava, y previa autorización mediante bula papal, vende a Francisco de los Cobos parte de los bienes y derechos que dichas órdenes poseen en el Reino de Jaén, con los que el Comendador Mayor de León formará un amplio señorío, integrado por Sabiote, Jimena, Recena, Torres y Canena y las propiedades vinculadas a esas encomiendas en otras ciudades, villas o aldeas (Baeza, Úbeda, El Mármol, Lupión, Begíjar). Con motivo de la venta, se valoran esos bienes y derechos e, incluso, se relata la toma de posesión por parte de los representantes del comprador, por lo que podemos decir que hay una relación detallada de los bienes inmuebles que pasan a formar parte del patrimonio de Francisco de los Cobos. Y, como ocurría en las visitas de las órdenes, se citan molinos harineros en Torres, Jimena, Recena y Sabiote, y en Baeza, en el Río Guadalquivir, pero no en Canena. Y es que esta industria de la molinería estaba asociada a cauces de agua con suficiente caudal, que permitieran mover las piedras de los molinos. Y en Canena, el arroyo de la Yedra no cumplía con esas condiciones o al menos hasta entonces no se había considerado la posibilidad de edificar un molino que aprovechara sus aguas. Otro documento, en este caso muy ilustrativo, que nos habla de esa falta del molino, es el de las Ordenanzas municipales de Canena, de 1544, que no citan nada relacionado con esta industria, pero sí, en cambio, aluden al molino de aceite y a los hornos de pan. Sí citan esas ordenanzas dos acequias, la del Arca en la ordenanza 92, que va a la fortaleza, y la del agua del olivar, en la ordenanza 93, que ninguna persona sea osada a romper la acequia del agua con que se riegan los olivares de su señoría, sino por los lugares acostumbrados… y que no puedan tomar la dicha agua para regar trigo ni lino ni otra cosa alguna andándose regando los dichos olivares, si no fuere con licencia....
La falta de un molino harinero en la población y en su término debía suponer que el trigo se debía llevar a los molinos más próximos, que tenemos que situar en el Río Guadalimar, casi con toda seguridad en la zona de los Escuderos, junto al puente que allí había hasta que las aguas del pantano de Giribaile lo han cubierto, que estaba en el camino de Toledo a Granada y que, una vez que se edifica aguas arriba del río Guadalimar el Puente de Ariza en la segunda mitad del siglo XVI, se denomina en las fuentes como Puente Viejo; confirma esta hipótesis que los dos caminos que se dirigen desde Canena hacia el noreste, pasada la Fuente Nueva, se denominen como camino alto y bajo del molino. Otro molino quizá hubiera en el Vado de las Ollas, ya que hay otro camino que bajando de Ibros va hacia allí, por el Cercado, denominado en los planos catastrales camino de Ibros al Molino; en las fuentes se cita el camino que va al molino de Hernando de Viedma, que pudiera ser este, del Vado de las Ollas.
A pesar de la rica documentación que hay del momento de la compra de Canena por parte de Francisco de los Cobos, no he encontrado referencias sobre el Molinillo en el archivo de la Casa de Camarasa hasta la segunda década del siglo XVII, al que se alude en un pleito sobre el aprovechamiento del remanente del agua de las fuentes y del Arroyo de la Yedra. Fechado en 1616, se describe el documento como Pleito entre Juana Cerón y Diego de los Cobos, marqués de Camarasa, sobre la corriente del agua del arroyo de Rus. Copia certificada. Acompañan 3 Reales Ejecutorias de 1801, 1804 y 1805 sobre el mismo asunto.
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Portada del expediente sobre el pleito de aprovechamiento de las aguas del Arroyo de la Yedra, de 1616 |
El pleito lo entabla no solo Juana Cerón, sino también Don Luis de Robles y Benavides, veinticuatro de la ciudad de Baeza, que se querellan contra don Diego de los Cobos y Luna, Conde de Ricla y Marqués de Camarasa. Los apelantes alegan que desde tiempo inmemorial sus huertas se regaban con el agua que bajaba del Arroyo de Rus y con el remanente de las fuentes de la Fuen Fría, de la Fuente el Caño y la Fuente el Cañaveral y que de poco tiempo a esta parte se les ha impedido a los hortelanos de su parte el uso de la dicha agua. Y así es, efectivamente, porque en las actas del concejo del 12 de agosto de 1613, en este cabildo se trató como del agua de la Fuente Fría y de la Fuente el Caño y de la que entra en la casa de don Luis y de la Fuente el Cañaveral y de la del Royo Varicuarta don Pedro de Acuña y don Luis de Benavides, vecinos de Baeza, han entrado y tomádose las remanientes de las dichas fuentes y alzádose con ellas y es en gran daño y perjuicio de este concejo, mandaron se notifique a los hortelanos de las dichas huertas de don Luis y de don Pedro de Acuña y doña Juana Cerón, su mujer, no lleguen ni recojan las aguas del dicho concejo, con apercibimiento que se procederá contra ellos por toda razón de derecho y con prisión, y se les notifique que a los dueños de las dichas huertas, si tienen algún derecho a las dichas aguas, dentro de tres días lo muestren, que se les guardará su justicia, donde no, el término pasado, no habiendo respondido, mandarán romper las acequias y atanores que tuvieren hechos y el dicho concejo dispondrá de las dichas aguas como cosa suya propia, y así lo proveyeron y mandaron y firmaron.
Con independencia del litigio, lo reseñable para documentar la situación del Molinillo, es que en el pleito se recogen los testimonios de varios testigos, ocho, a los que se les hace un interrogatorio que consta de siete preguntas, presentado por el concejo de Canena, y en sus declaraciones nos aportan una valiosa información. En la segunda pregunta se les plantea si saben que los dichos remanientes de las aguas de la Fuen Fría y de la Fuente el Cañaveral y del Caño, sobre que es este pleito, y los demás remanientes de aguas de todo el término de la dicha villa son y han sido siempre de tiempo inmemorial a esta parte del Conde de Ricla, señor de la dicha villa, y de sus padres y antepasados que memoria de hombres no ha sido ni son en contrario, porque aun quedó así que por títulos reales y apostólicos tiene y posee de ochenta años a esta parte las dichas aguas y remanientes. Las órdenes de Santiago y Calatrava, cuya antes solía ser la dicha villa y en cuyo derecho sucedió el dicho Conde de Ricla y sus antecesores, tuvieron y poseyeron los remanientes de las dichas aguas y fueron suyas propias para el uso y aprovechamiento de sus tierras, huertas y olivares y esto es público y notorio y así lo han visto … y lo oyeron decir a sus mayores y más ancianos, refiérense en los demás a los dichos títulos. En la quinta se les pregunta si saben que aunque después de los dichos primeros riegos sobre alguna agua de los dichos remanientes sobre que es este pleito, no puede el dicho don Luis de Benavides regar con ella su huertas, porque la dicha agua entra en el royo y más abajo de las huertas del dicho don Luis el dicho Conde de Ricla tiene otras huertas y molino de pan moler que solían ser de la orden, que son más antiguas que las huertas del dicho don Luis de Benavides, el cual si tomase las dichas aguas sería notable perjuicio del dicho molino y huertas, porque les faltaría al mejor tiempo y siendo como son las dichas aguas y remanientes hacienda propia del dicho Conde de Ricla y de su .. y mayorazgo puede regar sus sobre dichas huertas y tierras anteriores y posteriores sin que nadie se lo impida, porque así lo solían hacer las dichas órdenes, cuyas antes eran, y esto es público y notorio.
Sobre las preguntas van contestando los testigos y sobre el molino de cubo nos aportan las siguientes referencias.
Francisco Galindo Garzón, de más de sesenta años, dijo que más abajo de las huertas del dicho don Luis, su señoría el dicho Conde de Ricla tiene otras huertas y molino de pan.
Domingo García, de cuarenta años, dijo que más abajo de las huertas del dicho don Luis tiene su señoría el dicho conde de Ricla otras muchas huertas y un molino de pan antiguas y sería notable perjuicio de ellas si les viniese a faltar el mejor tiempo la dicha agua.
Sebastián de Arcos Palencia, de cincuenta años, alude a que tiene su señoría otras huertas y molino de pan más abajo de la del dicho don Luis, para regarlas y moler el dicho molino con las dichas aguas.
Rodrigo Pérez, de setenta años, a la quinta pregunta dijo que después de haber regado con la dicha agua y remanientes sobre que es este pleito las huertas y tierras que su señoría tiene cercanas a los dichos remanientes, lo que sobrase de ellas no puede el dicho don Luis ni otra persona regar con ellas sin la dicha licencia y permisión, porque la dicha agua entra en el royo y más abajo de las huertas del dicho don Luis tiene su señoría otras huertas y molino de pan con que muele con la dicha agua de los dichos remanientes los veranos y se riegan las huertas y tierras de su señoría, sin que nadie se lo impida, como hacienda suya.
Bartolomé de Lorite, de cuarenta y siete años, a la quinta pregunta dijo que hechos los primeros riegos en las huertas y tierras de su señoría, el agua que sobrase de los dichos remanientes no puede el dicho don Luis regar con ella sus huertas sin la dicha licencia y permisión, porque la dicha agua entra en el arroyo y más abajo se riegan las demás huertas que su señoría tiene y con que muele el molino de pan que tiene su señoría junto a la huerta que llaman de Ortega, y si tomase el dicho don Luis las dichas aguas sería notable daño y perjuicio del dicho molino y huertas de su señoría, porque con las dichas aguas por ser suyas puede regar sus huertas y tierras y moler el dicho molino sin que nadie se lo impida.
Juan Moraga, de más de cincuenta años, a la segunda pregunta, dijo… y que las dichas aguas y remanientes de ellas las tienen los dichos señores para el uso y aprovechamiento de sus huertas, olivares y molino de pan y el concejo de esta villa las administra y lo mismo todas las fuentes que están en su término de ella y este testigo tuvo cierto tiempo en arrendamiento el dicho molino de pan que está en el término de esta villa en el sitio de las Higueruelas y las veces que tenía necesidad de agua para su molienda la recogía este testigo por el caz que estaba hecho por donde entraba el agua al dicho molino, habiendo regado las huertas cercanas a él de su señoría, todo lo cual es público en esta villa.
A la quinta pregunta dijo que dice lo que dicho tiene… y que por ser las dichas aguas y remanientes de los dichos señores y administrador de ellas el dicho concejo, no la puede tomar ninguna persona ni gozar de ella sin la dicha permisión y licencia y haría falta al mejor tiempo de las huertas y molino de pan de su señoría...
Alonso Hernández Recena, de cincuenta años, a la segunda pregunta contesta que el Conde de Ricla goza de las dichas aguas así para sus huertas y heredades como para el molino de pan que tiene en el término de esta dicha villa, y este testigo desde que tiene edad para poderse acordar ha visto tener y gozar de las dichas aguas y remanientes a los dichos señores que han sido y son de esta dicha villa…
A la quinta dijo… no puede el dicho don Luis de Benavides ni otra persona regar con ella sino es teniendo la dicha licencia y permisión, porque la dicha agua entra en el royo de esta villa que va a dar al dicho molino de pan, donde asimismo tiene su señoría otras huertas, y de tomar las dichas aguas sería notable perjuicio del dicho molino y huertas, porque les vendría a faltar al mejor tiempo.
Bartolomé Cantudo, de 55 años, natural y vecino de Rus, que vive en Canena desde hace 26 años, a la segunda pregunta contesta que vio muchas veces que recogían las aguas los arrendadores que eran del dicho molino que está en el pago y sitio de las Higueruelas, término de esta villa, las que entran en el royo que va a dar en el dicho molino desde los remanientes que proceden desde la Yedra, que está media legua de esta villa, hasta sacarla de las albercas donde estaba recogida, y acudían de noche a quitarlas las dichas aguas de las dichas albercas y echarlas al dicho royo y lo mismo hacían de todos los remanientes de las aguas de la Fuen Fría, Fuente el Caño y el Cañaveral y Fuen Caliente para que con todas las dichas aguas pudiera moler el dicho molino y molía el tiempo que las dichas aguas venían en crecimiento, y algunos años duraba todo el mes de mayo y parte de junio, lo cual hacían los dichos molineros por ser las dichas aguas de los señores de esta dicha villa, que el concejo de ella administra en su nombre, y de más de saber lo que tiene declarado en esta pregunta es público y notorio y esto responde.
Cristóbal de Siles, de sesenta y ocho años, a la segunda pregunta dice que sabe que con todas las dichas aguas y remanientes se riegan las huertas de su señoría y muele el dicho molino de pan y este testigo él ha tenido en arrendamiento tres veces en diferentes tiempos y para que pudiera moler bien recogía todas las aguas y remanientes de las dichas fuentes y las metía en el royo y caz que va a dar a el dicho molino, llevándola por zanjas que hacía por heredades ajenas hasta meterlas en el dicho royo y caz, sin que nadie se lo impidiera, porque sabían eran las dichas aguas de los dichos señores para el dicho efecto, y otras veces iba a traer más agua hasta llegar a la Yedra y Torre Quebrada, que está a media legua de esta villa y desatapaba las albercas donde estaba la dicha agua y la guiaba al dicho arroyo y esto lo hizo todas las veces que vio tener necesidad para la dicha molienda.
A la quinta pregunta dijo que, como dicho tiene en las preguntas antes de esta, todos los remanientes de las dichas aguas entran en el dicho arroyo, con la cual se riegan las huertas de su señoría y muele el dicho molino de pan que está más abajo de las huertas del dicho don Luis, el cual, como dicho tiene, no puede usar de los dichos remanientes sin la dicha licencia y permisión.
La redacción de la quinta pregunta puede llevar a confusión, ya que se dice que el dicho Conde de Ricla tiene otras huertas y molino de pan moler que solían ser de la orden, que son más antiguas que las huertas del dicho don Luis de Benavides, el cual si tomase las dichas aguas sería notable perjuicio del dicho molino y huertas, porque les faltaría al mejor tiempo y siendo como son las dichas aguas y remanientes hacienda propia del dicho Conde de Ricla y de su .. y mayorazgo puede regar sus sobre dichas huertas y tierras anteriores y posteriores sin que nadie se lo impida, porque así lo solían hacer las dichas órdenes, cuyas antes eran. Se puede interpretar que las huertas y el molino de pan eran de las órdenes, pero entiendo que hay que interpretarlo, teniendo en cuenta el final de la pregunta, que las que solían ser de las órdenes eran solo las huertas, y no el molino, que todavía no existiría. Esta duda no se aclara en ninguna de las declaraciones de los testigos. De los ochos testigos, dos han tenido arrendado el molino, Juan Moraga cierto tiempo y Cristóbal Siles tres veces en diferentes tiempos. El molino estaba en el sitio de las Higueruelas -dato interesante, porque en 1509 la Orden de Calatrava tiene una haza de dos fanegas de sembradura en este sitio-, junto a la huerta de Ortega, y se alimenta del agua del arroyo de la Yedra por el caz que estaba hecho por donde entraba el agua al dicho molino, habiendo regado las huertas cercanas a el de su señoría. Pero no solo aprovecha el agua del arroyo, sino que el agua sobrante de las fuentes, después de regar las huertas, entra en el arroyo y de ella se aprovecha también el molino. Además, si se necesita más agua para poder moler, según declara Bartolomé Cántudo, los molineros van hasta la Yedra hasta sacarla de las albercas donde estaba recogida y acudían de noche a quitarlas las dichas aguas de las dichas albercas y echarlas al dicho royo y lo mismo hacían de todos los remanientes de las aguas de la Fuen Fría, Fuente el Caño y el Cañaveral y Fuen Caliente, para que con todas las dichas aguas pudiera moler el dicho molino, y molía el tiempo que las dichas aguas venían en crecimiento y algunos años duraba todo el mes de mayo y parte de junio, lo cual hacían los dichos molineros por ser las dichas aguas de los señores de esta dicha villa. Así lo confirma también uno de los arrendatarios del molino, Cristóbal de Siles, que declara que para que pudiera moler bien recogía todas las aguas y remanientes de las dichas fuentes y las metía en el royo y caz que va a dar a el dicho molino, llevándola por zanjas que hacía por heredades ajenas hasta meterlas en el dicho royo y caz, sin que nadie se lo impidiera, porque sabían eran las dichas aguas de los dichos señores para el dicho efecto, y otras veces iba a traer más agua hasta llegar a la Yedra y Torre Quebrada, que está a media legua de esta villa y desatapaba las albercas donde estaba la dicha agua y la guiaba al dicho arroyo y esto lo hizo todas las veces que vio tener necesidad para la dicha molienda.
Por tanto, por estos testimonios debemos concluir que el Molinillo se debió edificar en la segunda mitad del siglo XVI y que en 1616, cuando se hacen estas declaraciones de testigos, está en funcionamiento. Apenas se nos da ninguna noticia del tiempo en que tiene lugar la molienda, solo el último testigo indica que molía el tiempo que las dichas aguas venían en crecimiento y algunos años duraba todo el mes de mayo y parte de junio, con lo que podemos deducir que habitualmente se molería durante el invierno y parte de la primavera, hasta cuando la corriente de agua tuviera fuerza para mover las ruedas del molino, teniendo en cuenta que también se tendrían que regar las huertas.
El relato de cómo el agua se conducía por el caz hasta llegar al molino, que no solo era la del arroyo, sino la que se vaciaban de las albercas de noche para ganar caudal, llegando hasta la Yedra y Torre Quebrada -cortijo en término de Rus, cerca de la Yedra, hoy todavía existente- a destapar las albercas, nos está indicando la escasez de agua con que contó este molino.
Encontramos más información en el citado archivo de la Casa de Camarasa a lo largo de los siglos XVII, XVIII y XIX.
En 1631, entre las rentas que pertenecen al Marqués se encuentra el molino de pan de cubo en el pago de los Higuerales, término de esta dicha villa, y está arrendado a Marcos Fernández, vecino de la villa de Linares, en quien se remató de último remate por seis años y el primero fue el pasado de seiscientos y treinta y el último será el de mil y seiscientos y treinta y cinco, en precio cada un año de veinte y cinco fanegas y media de trigo, pagaderas en cada semana de las que moliere el dicho molino y con condición que si no moliere dos meses enteros ha de pagar prorrata de los días o semanas que pudiere moler en cada uno de los dichos seis años, y este dicho año de seiscientos y treinta y uno, por traer agua bastante el arroyo de donde le entra el agua para que moliera el dicho molino los dichos dos meses y más tiempo, se carga en esta copia la dicha renta por entero, que son las dichas veinte y cinco fanegas y media de trigo.
Este documento es interesante, porque es el único que hemos encontrado en el que se detallan las condiciones del arrendamiento. Si el molino muele más de dos meses en el año, la renta será de veinticinco fanegas y media de trigo y, si no moliere dos meses enteros, se ha de pagar prorrata de los días o semanas que pudiere moler. Con ello, ya se nos está indicando los problemas de escasez de agua que habría algún año, que no fue el caso del 1631, en que sí molió más de dos meses.
En 1647 seguía en funcionamiento, ya que se citan una serie de gastos ocasionados en el molino de pan:
Más se le reciben en cuenta quinientos y sesenta y ocho reales y medio que él (Pedro Manso de Zuñiga, albañil) hubo gastado en el reparo del molino de pan el dicho año de 1647, que los gastó en cinco partidas que hacen la dicha cantidad.
Más cien reales que el suso dicho pagó a Domingo de Arcos Gato y Francisco Galindo de Jódar, vecinos de esta villa, por el trabajo de traer la piedra del molino de pan de las canteras de Torrubia, donde se sacó, de que dieron recibo en esta villa.
Más treinta reales que pagó a Juan de Rus y Juan de Martos, vecinos de la villa de Ibros, de su trabajo de haber venido a ajustar y poner la piedra vieja del molino, que se quebró el año pasado, de que dio recibo.
Más se le reciben en cuenta setenta y tres reales que el susodicho pagó a Francisco Álvarez, albañil, y a Antón Sánchez, molinero, vecinos de esta villa, por su trabajo de aderezar la presa de el dicho molino de pan y de haberse ocupado dos días mientras se amoló la dicha piedra, moliendo aguijas y harina.
Este documento nos aporta otro dato relevante, la existencia de una presa. Se trataría de la presa que se habría construido en el arroyo para embalsar el agua, de donde la tomaría el caz que iba al molino. Los testigos de 1616 no la citan, por lo que podemos deducir que no se construiría hasta después de esa fecha. ¿Dónde podría estar ubicada? Parece que a la altura de la calle Chorrillo, según una referencia que hemos encontrado en las actas municipales de 1852. En la sesión del 18 de septiembre, a raíz de la ampliación del riego del olivar del Molinillo y de las quejas que por esa ampliación presenta ante el Gobernador Civil Antonio Manuel Garrido, dueño del cortijo de la Casería, de Ibros, aguas abajo del arroyo de la Yedra, la municipalidad se enteró del asunto y acordó informar que con anterioridad al insinuado acuerdo disfrutaban los dueños de las olivas y terrenos del Molinillo, Mal pedazo y Carrizal, de este término, las aguas del arroyo a que da nombre esta villa, tomadas del caz que de tiempo inmemorial se halla abierto en el sitio del chorrillo, próximo a esta población, desde cuyo punto se dirige a las mencionadas olivas propias de varios de estos vecinos...
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Localización de los elementos (presa, acueducto o caz, molino) del Molinillo |
En 1668, en la toma de posesión de la villa de Canena por el V Marqués de Camarasa, entre los bienes del Marquesado en Canena, asimismo le dio la posesión del molinillo de Cubo de pan moler que su Excma. tiene en término de esta villa, que esta desmantelado. O sea, que en esta fecha el molino, al que por primera vez se refieren como el Molinillo, está ya desmantelado, sin uso.
La siguiente referencia la encontramos en 1693: el molino de cubo que su Excma. tiene en el arroyo que baja de esta villa y en término de ella, se cayó y arruinó muchos años ha y por el año pasado de ochenta y cuatro, por escritura a los veinte y nueve días del mes de enero de él, por ante Juan de Godoy, escribano que fue de esta villa, lo tomaron en arrendamiento Alonso de Cuenca, Bartolomé Ruiz y consortes, vecinos del lugar de Ibros, por nueve años, los cinco primeros de balde y sin pagar renta alguna, con calidad de reedificarlo y los cuatro últimos, que cumplieron fin del pasado de noventa y dos, a pagar en cada uno de ellos treinta fanegas de trigo, y por haberse hecho el dicho arrendamiento antes del tiempo de dicho Antonio Moreno y haber costado alguna dificultad la cobranza, por no haber corrido ni molido dicho molino, aunque lo reedificaron, no se ha cargado dicha renta en las copias de rentas que en dicho tiempo se han hecho en esta villa y por haber corrido dicha cobranza por dicho don Antonio Melgarejo, administrador y gobernador que ha sido de este estado hasta fin del año pasado de noventa y uno, se le cargaron en dichas sus cuentas, que se le tomaron por dicho don José de Lanvea hasta dicho fin de noventa y uno, las noventa fanegas de trigo de los tres plazos cumplidos hasta dicho fin de año, como de ellas consta y se cargan en esta copia las treinta fanegas de dicho último plazo de noventa y dos.
Según este documento, el molino se intenta poner de nuevo en funcionamiento a partir de 1684, a riesgo y ventura de los arrendatarios, vecinos de Ibros, que a cambio de reedificarlo no pagarían ninguna renta en los primeros cinco años del arrendamiento, mientras que en los cuatro restantes deben pagar treinta fanegas de trigo. Parece que el proyecto no llega a buen fin, y aunque se reedifica el molino, no llega a moler. Otra referencia del mismo año de 1693 nos lo confirma: el molino de cubo de pan moler que su Excma. tiene en el arroyo que va de esta villa y su término se arruinó y faltó el agua, por cuya razón y motivos no hay arrendador. Y en 1700, en un Tratado de los diezmos y demás derechos que tiene y goza el Excmo. Señor Marqués de Camarasa, mi señor, en esta su villa de Canena, se nos dice que el molino de cubo que era de pan moler, en el arroyo de esta villa, es propio de su Excma. y está desvaratado por haberle faltado el agua y no haber arrendador, y solo queda el cubo y piedras, la casa hundida y los arcos medio desvaratados.
En el siglo XVIII el molino sigue arruinado. En 1732 el molino de cubo que su Excma. tiene en el royo de esta villa se arruinó por la falta de aguas y se anota para que conste, y en la misma situación sigue en 1764: el molino de cubo que S.E. tiene en el término de esta villa se arruinó por falta de agua y así se mantiene, se anota para que conste. O sea, ya no se le da ningún valor, porque no genera ninguna renta.
En 1759 el Administrador General del Estado de Sabiote, contestando a las notas y reparos que se han puesto a las cuentas generales y particulares que ha formado de las rentas del estado y villas, informa que el molino de cubo de Canena, hechas las competentes diligencias, se informa que habrá 90 años se perdió; existe maltratado el cubo; no hay caz y sí vestigios de la conducción del agua, pero a juicio de prudentes se tiene por nada útil la empresa de restituir esta fábrica a su primer estado porque sería la costa muy excesiva y no perpetua el agua; ni de bastante caudal para hacer moler perennemente a la rueda o piedra. Y solo en el invierno pudiera ser durable y nunca daría renta correspondiente al costo, ni aun al de la conservación y acaso este sería el motivo de dejarle perder. En unas pocas líneas se nos da una información del estado del Molinillo, que estaba sin uso hacía casi un siglo, conservándose el cubo y vestigios de la conducción del agua, que sería muy costosa su reparación y que el caudal de agua con el que contaría no sería suficiente, lo que posiblemente hubiera sido la causa de perderse.
Pero a pesar de ello, el Molinillo se vuelve a poner en uso, aunque no hemos documentado en qué fecha. Estaba ya así a principios del siglo XIX, ya que entre los gastos de 1801, en el justificante n.º 30 se relaciona el costo de una pontanilla y varios empiedros. Dátanse doscientos setenta y cuatro reales gastados en hacer una pontanilla para el caz que va al molino harinero en el camino de esta villa para Ibros y el empedrado en dicho camino para su entrada y salida, y se acredita de la declaración del maestro que va por recado.
En 1806 hay una escritura de arrendamiento del molino harinero de cubo, siendo el arrendatario Martín de Vico, que lo arrienda por ese año en quince fanegas y media de trigo:
En la villa de Canena, a veinte y uno de marzo de mil ochocientos seis, ante mí, el escribano de s.m. público del número y cabildo de ella, y testigos infrascriptos, pareció Martín de Vico, de este vecindario, y dijo: que habiéndose sacado a la almoneda en tiempo oportuno para su arriendo el molino harinero de cubo que en este término posee el Excmo. Sr. Marqués de Camarasa, mi Sr., se remató en el otorgante como a mayor postor en quince y media fanegas de trigo por todo el presente año, pagadas mensualmente, con la condición de dejar el caz en la misma forma y entregar los utensilios de dicho molino en la disposición que se hallan, pagando los deterioros que tengan, y al contrario, abonándole por la parte de S.E. los aumentos, y estando en posesión desde primero de Enero, se le ha pedido formalice la correspondiente escritura, y en su virtud otorga que se obliga a pagar llanamente y sin pleito alguno a la parte del expresado Sr. Excmo. las citadas quince y media fanegas de trigo por el arriendo de dicho molino de cubo y presente año, que finalizará el día treinta de diciembre de él, ejecutándolo mensualmente, y asimismo a dejar el caz por donde se conduce el agua en la forma que se halla, entregando los utensilios que se le han franqueado, satisfaciendo si tuviesen deterioro, y si aumento se le abonara por dicho Sr. Excmo., a que se le ha poder ejecutar y apremiar en virtud de esta escritura y juramento de la parte de S.E., en que lo difiere y releva de otra prueba, como también al pago de las costas que se causen. Y para la más seguridad de esta escritura, no derogando la obligación general a la especial ni por el contrario, sino que de ambos derechos y cualquiera de ellos se pueda usar, hipoteca un majuelo de setecientas vides con estacas, sitio de Malpedazo de este término, linde a levante otro de herederos de Lázaro Lorite, al norte camino de la Alberquilla, a poniente vides de herederos de Alonso de Vico y al sur otra de Juan López Martínez, de este vecindario. Y la mitad de unas casas calle que sale a la de Álvaro, de esta villa, linde el todo de ellas a mano derecha con otras de herederos de Juan Solano, y por la izquierda hacer esquina a dicha calle, cuyos bienes están libres de toda carga y como tales quiere estén sujetos a esta escritura, sin poderlos enajenar sin este gravamen y lo que en contrario hiciere sea nulo, de ningún valor ni efecto, y se pueda ejecutar en ellos, aunque pasen a tercero o más poseedores, por cuanto ninguno ha de adquirir derecho de señorío ni quasi posesión. Y a mayor abundamiento obliga su persona y bienes muebles y raíces, habidos y por haber, dar poder cumplido a los señores jueces que de la causas conozcan, para que a ello le apremien como por sentencia pasada en cosa juzgada, renuncia todas leyes, fueros y derechos de su favor, con la general y los suyos en forma. En este auto, yo, el escribano, previne a la parte del S.E. que de está escritura se ha de tomar la razón en conformidad de lo mandado por S.M. en la real pragmática de su ejecución, de que quedó enterado. Doy fe. Y el otorgante, a quien la doy de conocerle, así lo otorgó, no firmó por no saber, lo hizo un testigo, que lo fueron Ventura de Gámez, Pedro Santos y Miguel López, vecinos de esta dicha villa de Canena. Testigo Ventura de Gámez. Ante mí, Juan Bautista Rascón. Concuerda con su original, que queda en mi registro, de que doy fe, a que me remito; y para que así conste, doy la presente, que signo y firmo en la villa de Canena, a veinte y cuatro de marzo de mil ochocientos seis.
En 1807 vuelve a ser arrendatario Martín de Vico, en este caso en un contrato por tres años, a razón de veinte fanegas de trigo cada año, aunque de ellas se le descuentan doce fanegas, de acuerdo con el justificante n.º 1 de los gastos de 1809, firmado por la Marquesa en Cádiz el 9 de agosto de 1809: Abónese en la cuenta adonde correspondan las doce fanegas de trigo perdonadas a Martín de Vico, vecino de Canena, de la renta que debe pagar los tres años por el Molino, y sirviendo esta de documento justificativo. Dios que a V. m. a. Cádiz, 9 de Agosto de 1809. La Marquesa de Camarasa.
Los años siguientes también lo tiene arrendado Martín de Vico, aunque en algún año se le reduce la renta por la falta de agua y el poco tiempo que muele. En 1810 pagó cinco fanegas por una corta temporada que molió; en 1814 pagó por el arriendo dieciséis fanegas de trigo; en 1815 se hace un contrato por cuatro años, por quince fanegas cada año. En 1819, el molino harinero del margen en el término de esta villa se arrendó a Martín de Vico, de esta vecindad, por el mismo año, con esterilidad, la cual fue tal que no ha molido en todo el año por falta de agua continuada ya hace tres años y por lo mismo nada se saca. Martín de Vico sigue siendo el molinero los años siguientes, aunque también algún año es arrendatario otro vecino. En 1826, último año que tenemos registrado, se arrienda a Martín de Vico por 16 fanegas de trigo. De estos años también algunos le falta el agua y se le reduce la renta y en 1824 no se arrienda por falta de agua y probablemente ocurra esto también en 1825, ya que ese año no se recoge en las cuentas la renta de este molino harinero.
En estos primeros años del siglo XIX, en las cuentas se recogen los gastos ocasionados por distintos arreglos y reparaciones en el molino. En 1807 se reteja y hace un tabique, con gasto de dos fanegas de yeso y cincuenta tejas, de trabajo tres días maestro y un peón, y también se alude a la limpieza de una terrera que se cayó en el caz del molino. En 1810 se pone una puerta nueva, con cerraja nueva. En 1814 se compone y limpia el caz del molino del cubo. En 1816 se hacen más obras en el molino, poniendo dos palos para el tejado de a tres varas, carga y media de caña y tejas para el tejado. También se sustituyen las piedras del molino y así se atestigua por el recibo n.º 24:
Declaro yo, Antonio Fernández, Maestro Cantero, he recibido de Don José Gutiérrez, Administrador el Excmo. Señor Marqués de Camarasa en esta villa de Canena, la cantidad de mil doscientos cuarenta y cuatro reales por el sacar, traer de mi cuenta dos piedras corredera y solera para el Molinillo nombrado del Cubo, que en el término de dicha villa tiene dicho señor Excmo., en cuya cantidad nos ajustamos, y para que así conste lo firmo en Begíjar, a 16 de mayo de 1817.
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En 1819 se vuelve a realizar otro gasto en el molino: Recibo n.º 20 |
Digo yo, Alonso Casado, como Maestro albañil que soy en esta villa de Canena, que de orden de Don José Gutiérrez, Administrador del Excmo. Señor Marqués de Camarasa en la misma, he pasado a componer el cárcabo del molino harinero llamado del cubo en el que se ha gastado lo siguiente:
Primeramente tres días el maestro, a 10 reales, 30 reales.
Yten, otros tres un oficial a ocho reales, 24.
Yten, otros dos un peón a cinco reales, 10.
Iten, ciento y cincuenta tejas, a treinta reales, 45.
Iten nueve palos de cuatro varas y media cada una, a nueve reales, 81.
En 1822 aparece como otro gasto, con el justificante n.º 25 la patente industrial. Clase 3.º de industrial, pagando por dicha patente de un molino de pan, 50 reales. Jaén, 14 de noviembre de 1822.
En 1823 y 1824 hay gastos por un pino, tejas y yeso, y por gobernar la puerta del molino. En 1825 hay otros dos recibos, con los números 12 y 14:
Digo yo, Martín de Vico, arrendador del molino harinero del cubo, propio del Excmo. Señor Marqués de Camarasa en esta villa de Canena, que de orden de don Ramón de la Presilla su Administrador en ella, he conducido desde Baeza el palo de hierro para uso del dicho molino, compuesto por Silvestre Moreno, herrero de dicha ciudad, quien ha llevado por la compostura trescientos reales, que ha pagado dicho señor Administrador y para que así conste y le sirva de abono doy el presente, que firmo en Canena a 10 de octubre de 1825.
Digo yo, Martín de Vico, vecino de esta villa, que de orden de Don Ramón de la Presilla, Administrador del Excmo. Señor Marqués de Camarasa en ella, he conducido desde Baeza un rodezno para el molino harinero del cubo, que dicho señor ha comprado a D.ª Juana Chacón, de la misma ciudad, y pagado por su valor doscientos veinte reales y para que le sirva de abono en sus cuentas doy el presente que firmó en Canena y noviembre, seis, de mil ochocientos veinte y cinco.
A partir de 1826 no hay más documentación de las cuentas, por lo que no sabemos hasta cuándo seguiría moliendo el Molinillo. Como vemos, la falta de agua y los gastos recurrentes para mantenerlo en funcionamiento abocarían a su pronto abandono.
El molino harinero de cubo, el Molinillo, de Canena, se edificó en la segunda mitad del siglo XVI, y que estuvo moliendo hasta pasada la mitad del siglo XVII. A finales de este siglo se reedificó, pero no llegó a moler, y así permaneció hasta finales del siglo XVIII o primeros años del XIX, donde volvió a moler en las tres primeras décadas del siglo. Después llegó su abandono definitivo. Parece que al principio tomaría el agua directamente del arroyo -que aumentaría su caudal con los remanentes de las aguas de las fuentes, especialmente de la Fuen Fría, y de las albercas que había aguas arriba del molino- y de la Fuen Caliente, a través de un caz, que probablemente sería el mismo con el que antes de la construcción del molino se regaría el olivar que había en su entorno. En el siglo XVII se construiría una presa en el Chorrillo, para aprovechar mejor el agua del arroyo, de donde iría un caz hasta el molino. Tanto el acueducto como las instalaciones del molino sufrirían un deterioro importante a partir de la segunda mitad del siglo XVII y serían reedificadas en varias ocasiones. En cambio, los restos que hoy quedan, los de más solidez, el cubo del molino y los cimientos y algún paramento del molino, deben ser de la fábrica primitiva. Las piedras del molino existentes serán las que se instalaron en los primeros años del sigo XIX.
1 PALAO
GARCÍA, MARÍA; GIL MESEGUER, ENCARNACIÓN Y GÓMEN ESPÍN, JOSÉ
MARÍA (1995): “Molinos de cubo en la vertiente suroccidental de la
Sierra de Espuña”. Papeles de Geografía, n.º 21, pp. 109-126.
2 PARDO RODRÍGUEZ, M.ª
LUISA (1984): “Las ordenanzas municipales de Canena (Jaén), en
1544”. Anales de la Universidad de Cádiz I, pp. 79-103.
3 Archivo
General de Andalucía, Documentos andaluces de la Casa Ducal de
Medinaceli, Sabiote y otros señoríos de la casa de Camarasa en el
Reino de Jaén (en adelante ACC), 482/273-437,
microfilm 020-005. En realidad, las
ejecutorias no se refieren a este asunto, sino a otro pleito de
finales del siglo XVIII entre el administrador del Marqués y el
Concejo de Rus sobre el agua del Arca.
4 La Fuente el Caño sigue
llamándose hoy así. La Fuente el Cañaveral es la que a partir del
siglo XVII se denomina la Fuente Nueva. La Fuen Fría estaría en el
inicio del camino que va a Baeza, cerca del arroyo de la Yedra.
5 ACC, 515/477-699,
microfilm 058-002, n.º 1,16r y v.
6 ACC, 515/477-699,
microfilm 058-002, n.º 2, 9r y v
y 11r.
7 Archivo Municipal de
Canena, caja 40, carpeta año 1852.
8 ACC,
475/437-453, microfilm 013-018, 15r. 1668,12,02.Canena (Jaén)
Francisco de Medina, en nombre de Baltasar de los Cobos, toma
posesión de la villa de Canena y del patronato de su iglesia, ante
Pedro Mozo, escribano. Autos de toma de posesión. Copia certificada.
9 ACC, 515/477-699,
microfilm 058-002, n.º 7, 22v y
23r y v.
10 ACC, 516/007-537,
microfilm 058-003, n.º 1, 12v.
11 ACC, 498/541-700,
microfilm 030-025, n.º 5, 5r.
12 ACC, 516/007-537,
microfilm 058-002, n.º 3, 7r.
13 ACC, 502/008-365,
microfilm 042-001, n.º 3, 6r.
14 ACC, 516/007-537,
microfilm 058-003, n.º 4, 18v.
15 ACC, 516/007-537, microfilm 058-002, n.º 15, 1r a 4v.
16 ACC, 516/541-710, microfilm 059-001, n.2, _02, 6v.
17 ACC, 0059-001_517_17.
18 ACC, 0059-001_517_12.
19 ACC, 0059-001_517_18.
20 ACC, 0059-001_518_07.